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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 El sueño de la vivienda propia - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
Pese a una intensa campaña mediática para socializar las ventajas del “crédito de vivienda social”, en la práctica este rubro financiero no está abierto a la gran mayoría de bolivianos asalariados y que no cuentan con la suficiente garantía para responder a las obligaciones mensuales que implica una deuda bancaria.
Si bien la vivienda de interés social y sin fines comerciales, es la que consigna en su promoción especial la nueva Ley de Servicios Financieros y destinada a hogares de menores ingresos, resulta que en los hechos esos conceptos de orden social y sin fines de lucro para facilitar la concesión de un préstamo bancario se complican para los ciudadanos, familias o trabajadores que tienen sus ingresos en función del salario mínimo nacional, monto del cual por lo menos entre 25 a 30 % tendría que ser propiamente hipotecado para poder cubrir la obligación crediticia. Ese condicionamiento baja el entusiasmo de muchos trabajadores que sueñan con la casita propia, porque la obligación primordial del hogar es garantizar el sustento de alimentación, inclusive por encima de las obligaciones de alquiler, ropa, educación y salud. Así de simple se presenta el panorama financiero popular.
Pero no es todo, en criterio de los analistas económicos que conocen la materia, el reglamento de vivienda social que maneja la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), delimita las condiciones de tiempo para la otorgación de un crédito de vivienda sin “garantía hipotecaria”, apuntando que el mismo no podrá ser mayor a 60 meses, en tanto que otra figura es la del crédito sin garantía hipotecaria debidamente certificada que no podrá exceder de 48 meses, en ambos casos restricciones directas para acceder a un crédito de vivienda social, sabiendo que las limitaciones económicas de los solicitantes (de escasos recursos) no podrán cubrir la deuda en cuestión de sólo 4 a 5 años plazo.
Lo que queda entonces es que cualquier requerimiento crediticio a largo plazo, por ejemplo de 10 a 15 años o más, sólo correrá bajo el condicionamiento de una garantía hipotecaria, lo que significa despertar del sueño y vivir la realidad de no poder lograr un crédito porque lógicamente al no tener casa, no hay opción de ofrecer la exigida “garantía hipotecaria”.
Alguna entidad financiera promocionó la modalidad de conceder créditos consignando en calidad de garantías los bienes que se pretende adquirir, el caso de maquinarias o equipos para talleres, el sistema podría también ser válido para que la vivienda en construcción sea una garantía, empero por lo que se observa una modesta vivienda realmente de sentido social no es atractiva como garantía en un crédito que sobrepase de los 15 ó 20 mil dólares.
Como se deduce por los datos existentes, de momento no se cumplen los fines de créditos sociales, especialmente los dirigidos a la vivienda propia, debido a las regulaciones que mantiene la Asfi y que en verdad son limitativos para una mayoría de población que desea endeudarse en la casita propia, pero en condiciones regulables a sus ingresos reales.
Lo que falta es que se flexibilice el reglamento de la nueva ley de servicios financieros con sentido estrictamente social, es decir respondiendo a la necesidad de favorecer a quienes responsablemente quieren asumir una deuda en pos de la vivienda propia, pero en función a sus ingresos y con la garantía de su vivienda, hipotecada con terreno y todo y desde su primer ladrillo.
Fuente: LA PATRIA
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