Miercoles 23 de abril de 2014
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Caso Puerto Seco
Excepción no es aplicable en delitos que dañen patrimonio del Estado
23 abr 2014
Fuente: LA PATRIA
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El recurso de excepción presentado por la parte acusada en el caso Puerto Seco, no es aplicable en delitos que dañen el patrimonio del Estado, según el Ministerio Público que se basó en el artículo 112 de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.
Esta respuesta la hizo conocer el Ministerio Público a través de sus representantes, en la audiencia que se realizó ayer por la mañana, según informó el fiscal de materia, Aldo Morales.
“El Ministerio Público como es de conocimiento general se hizo presente en la audiencia a efecto de responder una excepción que fue planteada por los acusados en el caso Puerto Seco, tanto por el exprefecto Alberto Luis Aguilar, como por los otros coacusados, es en ese sentido que se respondió y verificó que la Constitución es clara en su artículo 112 en el sentido de que si existiera delitos que dañen el patrimonio del Estado son imprescriptibles”, expresó Morales.
Detalló que aunque la parte imputada, integrada por Alberto Luis Aguilar, Tomás López y otros presentó este recurso jurídico que significa dejar sin efecto el proceso o sus consecuencias por el tiempo transcurrido (más de dos años de juicio), fueron ellos que en su oportunidad, dilataron el proceso según revisión del cuaderno de investigaciones.
Fuente: LA PATRIA