MAS observa fallo del TCP sobre Seguro de Vida para periodistas
11 abr 2014
Fuente: La Paz, 10 (ANF).-
No obstante adecuarán la Ley 315 en tres meses
El presidente de la Cámara de Diputados, Marcelo Elío, afirmó este jueves que los legisladores del Movimiento Al Socialismo (MAS) acatarán la decisión del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), que declaró ayer parcialmente constitucional la Ley 315 de Seguro Privado de Vida e Invalidez Permanente por Accidentes, Enfermedades en General u otras causas, para los Trabajadores de la Prensa de Bolivia “Hermanos Peñasco Layme” y dieron tres meses de plazo para enmendar las observaciones a tres artículos.
Elío, diputado oficialista, lamentó la decisión asumida por el Tribunal Constitucional que observó esta norma, promulgada el 3 de diciembre de 2012 por el Presidente Evo Morales, más aún cuando la misma fue elaborada por el Ejecutivo en el marco de un estudio técnico, lo que no habría ocurrido en la decisión judicial cuando emitió el fallo.
“Lamento mucho esta decisión constitucional que nosotros la tenemos que cumplir, es de estricto cumplimiento, pero los afectados son fundamentalmente ustedes que son los trabajadores de la prensa”, manifestó el titular de la Cámara Baja, quien espera que los trabajadores de la prensa se movilicen en defensa de esta norma que los beneficia con un seguro de vida y contra accidentes.
El TCP declaró parcialmente constitucional la Ley 315 de Seguro Privado de Vida a favor de los Trabajadores de la prensa, pero impugnó los artículos 6, 10 y 12 de esta norma por ser contrarios a lo establecido en la Constitución Política del Estado (CPE).
El observado artículo 6 de esta Ley señalaba que: El fondo del cual se extraerán los recursos para el seguro de vida para los periodistas “se constituirán con aportes del uno por ciento (1%) de los ingresos brutos mensuales generados por los medios de comunicación escritos, radiales, televisivos y digitales, privados y públicos”. Asimismo, los medios comunitarios y de pueblos indígenas, entre otros, aportarán sólo un 0,25 por ciento”.
Al respecto, el Tribunal Constitucional declaró como inconstitucionales las frases “del uno por ciento (1%) de los ingresos brutos mensuales”, “cero veinticinco por ciento (0,25%)” y la palabra “brutos”.
El artículo 10 de esta Ley establece sanciones a los medios “públicos y privados” que no realicen estos aportes. Sin embargo no se estaría incluyendo la presencia del Estado en estas contribuciones.
Ante este panorama, el presidente del Tribunal Constitucional, Efren Choque, exhortó mediante nota escrita a la Asamblea Legislativa Plurinacional que “en el plazo de tres meses incorpore en la Ley 315 la participación del Estado en el Fondo de Financiamiento creado por dicha ley, y se establezcan los montos o porcentajes de los aportes que deben ser proporcionales a los ingresos reales y efectivos de los medios de comunicación”.
El artículo 12 de esta misma Ley establece la composición del Consejo Directivo para el control del seguro de vida para periodistas, sin embargo, el mismo fue observado por el TCP pues la designación de sus integrantes es injustificada por atentar contra el principio de igualdad. El texto designa a tres personas del Estado y dos delegados de medios de comunicación independientes para conformar este grupo.
En febrero del año pasado, esta Ley fue impugnada de inconstitucional por el diputado opositor Carlos Subirana, quien alegó que 13 artículos son inconstitucionales. Las observaciones realizadas por el legislador permitieron que el TCP revise la constitucionalidad de esta norma que debe ser adecuada en 90 días.
Fuente: La Paz, 10 (ANF).-
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