Exfiscal de Distrito se beneficia con la cesación de su detención preventiva
04 abr 2014
Fuente: LA PATRIA
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Luego de debatir por más de dos horas, ayer, en el interior de la sala Medicina Varones del Hospital General “San Juan de Dios”, el juez cautelar Adrián Jiménez, otorgó el beneficio de la cesación a la detención preventiva que cumplía el exfiscal departamental Francisco Terán y le aplicó medidas sustitutivas por el presunto delito de tráfico de influencias y concusión.
La audiencia comenzó a las 16:30 horas y duró hasta las 18:40 aproximadamente, pero en el desarrollo de la misma, la parte imputada hizo conocer detalles que aparentemente pueden cambiar el curso de las investigaciones pues se demostraron que la denuncia interpuesta contra Terán, podrían ser falsas.
De manera muy breve, el juez Jiménez afirmó la disposición de la cesación de la detención preventiva al final de la audiencia y abandonó la sala aduciendo que debía cumplir otro actuado judicial.
Entre las medidas sustitutivas que deberá cumplir de ahora en adelante Terán, está la detención domiciliaria con vigilancia esporádica y con permiso para su actividad laboral, en la práctica de la abogacía libre, asimismo, tiene la obligación de presentarse ante el despacho jurisdiccional dos veces por semana, los lunes y viernes, se le prohíbe la salida del país y la comunicación con testigos, peritos y víctimas, además de la fianza de tres garantes.
DENUNCIA
Por su parte, el Ministerio Público representado por los fiscales Alfredo Santos, Aldo Morales y Lindón Requena no emitió criterio luego de la audiencia, simplemente atinó a anunciar que apelará la decisión del juez Jiménez en las siguientes horas. Por su parte, el abogado defensor Zenobio Calizaya expresó que tras realizar las gestiones necesarias se consiguió la cesación de la detención preventiva.
“Nos llama profundamente la atención es que el propio Ministerio Público presentó documentos donde sus propios investigadores aluden que son denuncias falsas y creo que esto en un régimen de derecho, en un régimen democrático si se quiere perseguir penalmente a una persona que supuestamente hubiera cometido delitos no es posible, es decir que desde la constitución de la ley obliga a las autoridades, legítimamente constituidas entre ellas las autoridades del Ministerio Público a obrar con objetividad y tengan que rechazar denuncias de cualquier naturaleza que no guarden las formalidades que la ley exigen”, fue parte de lo que expresó Calizaya.
Destacó que en la denuncia por la que se aprehendió al exfiscal, está firmada por persona aparentemente fallecida en junio de 1961 en Santa Cruz con fiebre intestinal, aspecto que el Ministerio Público no desvirtuó y menos mencionó que se trate de un homónimo.
“Existe otra persona que supuestamente hubiera presentado una denuncia en la ciudad de Sucre pero de quien tenemos prueba que ha dicho que nunca fue a presentar tal denuncia, el propio investigador señaló que el denunciante nunca se presentó en su despacho, ni para formalizar, ni para prestar ninguna declaración, con esos elementos entre otros varios de absoluta duda razonable se siguió este proceso que ahora se está descubriendo poco a poco a partir de profundas falsedades que se cometió”, añadió.
Fuente: LA PATRIA
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