Viernes 28 de marzo de 2014
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Perspectiva Minera
ENFOQUE:
El litio y el potasio son elementos estratégicos
28 mar 2014
Fuente: LA PATRIA
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Cuando se consideran los 241 artículos del proyecto de ley minera, se va encontrando o identificando algunas referencias especiales que llaman la atención de los profesionales, expertos y trabajadores de la actividad minera, quienes hacen conocer no precisamente observaciones, sino más bien ciertas condiciones que deberían tomarse en cuenta para no caer en errores que más adelante perjudiquen el desarrollo de proyectos mineros, especialmente de los considerados “mega emprendimientos” y estratégicos.
Por ejemplo el art. 26 del proyecto de la ley minera menciona que, el Estado mediante ley podrá reservar minerales estratégicos para explotación exclusiva por parte de las empresas estatales, respetando derechos preconstituidos o adquiridos. No específica si tales empresas deberán ser conformadas en función a necesidades o expectativas del propio Estado. No se habla de la Comibol, que en otra instancia se considera como la empresa minera estatal.
Se declara al litio y el potasio como elementos estratégicos cuyo desarrollo se realizará por “empresas públicas mineras” de acuerdo con el art. 73, salvándose derechos preconstituidos y derechos adquiridos. En este caso no se aclara cuál es la participación por ejemplo de algunas empresas asiáticas en el caso de la explotación del litio, y cómo se establecerá la Empresa Pública Minera para la futura explotación del litio, el potasio y la industrialización de las baterías de ión litio.
Fuente: LA PATRIA