Comteco asegura legalidad en compra de un inmueble en la avenida Pando
12 mar 2014
Fuente: Cochabamba, 11 (ANF).-
La Cooperativa de Telecomunicaciones de Cochabamba (Comteco) asegura, mediante un comunicado de prensa, que fue legal la adquisición de un inmueble situado en la avenida Pando de la ciudad cochabambina, la que responde a una estrategia de posicionamiento y diversificación de inversiones aprobada por el Consejo de Administración de esta entidad y por la Asamblea de Socios de la cooperativa.
“Dicha compra atravesó por análisis, estudios, proyectos, avalúos, evaluaciones económicas, financieras realizadas por instancias técnicas- ejecutivas, que merecieron la aprobación de todas las instancias correspondientes y por el Consejo de Administración que cumplió los marcos de procedimientos internos legales. Más aun durante la misma gestión 2013 se tuvieron ofertas de compra por valores superiores al monto de adquisición vigente, al encontrarse en un centro operativo comercial estratégico en Cochabamba”, señala el comunicado de prensa de la cooperativa cochabambina.
“Queda entonces en evidencia que el supuesto e inexistente sobreprecio responde únicamente a intereses mezquinos y político-electorales del denunciante ya que estas falsas e infundadas declaraciones, buscan hacer daño a la imagen de Comteco Ltda. y por ende a los directivos legalmente establecidos”, indica el documento.
El presidente del Comité de Bases de los Socios de Comteco, Mario Unzueta Arispe, informó en horas de la mañana a ANF que Comteco habría adquirido ese terreno con presunto sobreprecio para la construcción de un centro comercial, que no formaría parte de los fines y objetivos institucionales. Por lo que pidió al presidente de la Brigada Parlamentaria de Cochabamba, el diputado Samuel Pereira, solicite una investigación al Ministerio Público en cumplimiento del artículo 286 del Código de Procedimiento Penal.No obstante, el Consejo de Administración de Comteco calificó a este Comité de Bases como un ente que no tiene ningún reconocimiento legal y que sólo se encuentra representado por el denunciante. Aclaran que la representatividad de los socios de la cooperativa, está plasmada legalmente en la elección de los Consejos de Administración y el Consejo de Vigilancia de la cooperativa.
Respecto a una “supuestas irregularidades en el pago de excedentes”, señalan que se dio estricto cumplimiento a lo determinado en los artículos 15 y 32 inciso f de los estatutos de la cooperativa, que establece que: “En caso de que existan excedentes de percepción que excedan los planes de inversión y superen requerimientos de inversión, a propuesta del Consejo de Comteco Ltda., estos serán distribuidos entre los socios, después de cada ejercicio anual, por determinación del Consejo de Administración y de acuerdo a los resultados del Balance de Cierre de Gestión”.
“La Asamblea General de Socios, a propuesta del Consejo de Administración, decidirá si los excedentes retornables entre los socios serán retornados en efectivo o en Certificados de Participación, concluyendo que mientras existan pérdidas acumuladas de gestiones anteriores, no se podrán distribuir los excedentes en efectivo”, señalan los estatutos que rigen las funciones de Comteco.
Fuente: Cochabamba, 11 (ANF).-
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