Domingo 07 de febrero de 2010

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LA DOCTORA VICTORIA CECILIA BERNAL AGUILAR JUEZ DE INSTRUCCIÓN CUARTO EN LO CIVIL DE LA CAPITAL (ORURO BOLIVIA) POR CUANTO EL DERECHO LE FACULTA:
Por el presente EDICTO DE LEY, cita a otros coherederos y acreedores si los hubieran de los JACINTO AGUIRRE GARCIA y CLEOFE ZURITA MIRANDA, conforme establece el Art. 649 del Código de Procedimiento Civil, dentro el PROCESO RENUNCIA EXPRESA DE BIENES ACCIONES Y DERECHOS seguido por JAVIER JAIME AGUIRRE ZURITA y WILLY ANGEL AGUIRRE ZURITA contra el MINISTERIO PUBLICO, a cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley: MEMORIAL QUE CURSA A FS. 6-6 vlta. DE OBRADOS.- (resumen) SEÑOR JUEZ DE TURNO EN LO CIVIL.- RENUNCIA DE HERENCIA.- Otrosí 1º, 2º, 3º, 4º.- JAVIER JAIME AGUIRRE ZURITA y WILLY ANGEL AGUIRRE ZURITA hábiles por derecho solicitamos y pedimos: Por certificados adjuntados al proceso se evidencia que nos constituimos en herederos forzosos ab-intestato a la muerte de nuestro padres Srs. JACINTO AGUIRRE GARCIA y CLEOFE ZURITA MIRANDA, y por así convenir de nuestros intereses y en aplicación a lo establecido por los arts. 1052 y sgtes. del Código Civil realizamos en forma voluntaria la presente RENUNCIA EXPRESA A LA HERENCIA, dejada por los de cujus los que en vida fueron JACINTO AGUIRRE GARCIA y CLEOFE ZURITA MIRANDA, amparando nuestra pretensión en las normas de orden constitucional y legal pertinentes. Otrosí.- La renuncia la realizamos con referencia al inmueble dejado con Partida N° 1068 del Libro de Propiedades de la calle León 144, 6 de Agosto y R. Bakovik, dirigimos la presente contra el M.P.- Otrosí 2º.- Solicitamos el desglose de prueba una vez concluido el trámite.- Otrosí 3º.- Adjuntamos prueba correspondiente.- Otrosí 4º.- Dmicilio procesal La Plata N° 1341.- Oruro, 15 de diciembre de 2009.- Fdo. Abogado.- Fdo. Interesados.- DECRETO QUE CURSA A FS. 8 DE OBRADOS.- Oruro, 17 de diciembre de 2009.- Téngase por admitida la demanda de renuncia de herencia y cítese a otros coherederos y acreedores si hubieran a tal efecto se dispone la publicación de edictos conforme dispone el art. 649 del Código de Procedimiento Civil.- Al Otrosí.- Se tiene presente.- Al Otrosí 2º.- Aguárdese.- Al Otrosí 3º.- Por adjuntada la literal de referencia.- Al Otrosí 4º.- Por señalado el domicilio.- Fdo. y Sellado. Dra. Victoria Cecilia Bernal Aguilar Juez Instructor Cuarto en lo Civil Oruro-Bolivia.- Fdo. y Sellado.- Dra. Genny Merly Rojas Ignacio.- Actuaria.- Juzgado de Instrucción Cuarto en lo Civil.
Fuente: LA PATRIA