Miercoles 12 de febrero de 2014
ver hoy
Suplemento Policial
¿POR DÓNDE DEBE CIRCULAR EL PEATÓN?
12 feb 2014
Fuente: LA PATRIA
Por: Sargento abogado Carlos Rubén Choque Moller - Asesor legal de la Dirección Departamental de Tránsito
Primero es importante saber quién es el peatón, es la persona que transita a pie por espacios públicos, consecuentemente es importante conocer la normativa legal vigente.
REGLAS DE CIRCULACIÓN DEL PEATÓN.- De conformidad al Art. 76 de la Ley 3988, el peatón circulará observando las siguientes reglas:
a) Dentro del radio urbano lo hará por las aceras, conservando su derecha y de ningún modo por la calzada.
b) Para pasar de una acera a otra, lo hará obligatoriamente por las franjas de seguridad o por los lugares autorizados.
c) En las carreteras es prohibido al peatón circular por las bermas, salvo el caso de necesidad.
d) Tiene preferencia de paso en las calles donde no hay autoridad de Tránsito ni señales, debiendo los conductores reducir la velocidad o detener el vehículo.
e) Está prohibido al peatón subir o bajar cuando el vehículo está en movimiento.
Artículo 77. RESPONSABILIDAD DEL PEATÓN.- En todo accidente que ocurra por culpa del peatón, éste será responsable de las consecuencias, quedando obligado al resarcimiento de los daños y perjuicios ocasionados.
Fuente: LA PATRIA