Según los dirigentes políticos, observadores, críticos y analistas del tema electoral coinciden pluralmente al señalar que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) se apresuró al dictar su Resolución Nº 001/2014, disponiendo multas y sanciones por faltas electorales, cuando todavía no se emitió la convocatoria para esa instancia reglamentando la participación de los partidos y las agrupaciones políticas y por supuesto la ciudadanía en un acto democrático de altísima significación pluralista.
Son lógicas las reacciones de los posibles “afectados” con la controversial medida al no existir un cronograma oficial debidamente reglamentado y oportunamente publicado para la realización de los comicios.
La primera Resolución del año del TSE, fija el monto de multas por delitos que cometerían organizaciones políticas, “particulares”, servidores públicos e incluso – sin siquiera haberlos designado - jurados ciudadanos y notarios electorales. La norma ha sido elaborada como parte de la actual Ley de Régimen Electoral que no será renovada para la venidera elección.
En lo que se enfatiza en los medios políticos es que aún no hay convocatoria oficial a elecciones, no hay norma, no hay ley renovada que regule la vigencia y funcionamiento de las agrupaciones y los partidos políticos, por tanto lo que está sucediendo actualmente es que los partidos, frentes o alianzas que hacen campaña lo están haciendo por cuenta propia sin regulación oficial, pues la que existía fue derogada, según explicación de dirigentes políticos.
Es tan complejo el asunto que resulta muy difícil tipificar los delitos, establecer si las proclamaciones están fuera de lo legal, si la acción del candidato oficial de entrega de obras es irregular o es parte de gestión presidencial, si publicar los principios de una agrupación, alianza o partido está al margen de la ley, puesto que no se conocen aún los periodos autorizados para esos fines. Hay muchas dudas sobre el valor de la primera resolución del TSE, pero la misma ha sido emitida con carácter oficial.
De manera general se reconoce que hay una implícita promoción política desde hace unos tres meses atrás, los preparativos de la oposición han estado visibles tiempo atrás y la conformación de frentes y alianzas también ha tenido su tiempo de anticipación, además de la crítica a los candidatos oficiales por el uso de bienes del Estado en una prematura pero sostenida campaña electoral.
Lo que surge tras una también anticipada intención de controlar la actividad electoral abre una polémica que merece una aclaración oportuna por parte del organismo jurisdiccional para evitar confusiones y una indebida e irregular aplicación de sanciones, cuando las condiciones no son legalmente reconocidas y es menester que se definan los parámetros electorales, por lo menos con el lanzamiento de una convocatoria que defina la participación de todo el conglomerado social en un acto democráticamente válido para elegir los gobernantes del Estado Plurinacional.
La ciudadanía en general, los políticos y sus candidatos, los del frente oficial y los opositores en particular, merecen un trato especial todos tienen que conocer las reglas de juego, su aplicabilidad y en su caso la irregularidad de su uso, en tanto no pueden regir sanciones sobre la intangibilidad de supuestos delitos.
Por falta de normas oportunas ha ganado en los frentes políticos la carrera de las campañas prematuras, eso es lo que se observa, se siente y en su caso tendrá el efecto que asimile el sensible sector del electorado nacional.
Fuente: LA PATRIA
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