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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 Sanciones contra el transporte - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
La serie de accidentes que se produjeron recientemente con alarmante saldo de muertos y heridos sacudió la conciencia de las autoridades y estremeció la sensibilidad de la ciudadanía, lo que obligó a disponer medidas radicales para sancionar severamente a los infractores, más propiamente a los chóferes que sean descubiertos en estado de ebriedad conduciendo omnibuses de pasajeros.
Se emitió un decreto expreso sobre el tema contemplando la máxima sanción consistente en la pérdida de por vida la licencia de conducir del infractor, la medida en sí no ha sido rechazada por los transportistas asalariados y tampoco por los propietarios de buses, empero otras medidas del mismo decreto crean resistencia entre los afectados que de momento resultan sólo los conductores de las también denominadas flotas.
Es cierto que por las características de los accidentes y el número de víctimas los mayores desastres corresponden al transporte de pasajeros que viajan en las flotas en número de 40 a 50 personas en cada movilidad. Otros peligrosos conductores en las carreteras son los camioneros, igualmente responsables de varios accidentes, añadiéndose últimamente los ya famosos “surubís”.
La medida es radical y hasta ha sido calificada como dictatorial y de algún modo con razón, cuando los afectados reclaman que las sanciones igualmente severas sean aplicadas de manera general a todo conductor de movilidad, sea del servicio público o particular que sea detectado con alcohol en su sistema circulatorio, así de simple y el asunto garantizaría responsabilidad entre todos los que conducen vehículos de cualquier tipo.
Lo que no se admite es que aparte de la suspensión definitiva de la licencia de conducir, se sancione al “vehículo” con la suspensión de circulación por uno o más meses, ocasionando pérdidas a la empresa de transporte que además deberá pagar algunos daños y perjuicios fuera de los que reconoce el seguro.
Hay quienes se preguntan sobre la irresponsabilidad de conductores que en estado de ebriedad producen accidentes en las calles de la ciudad, o los ya conocidos y observados “hijitos de papá” que beben en vía pública y conducen raudamente movilidades en pleno centro con los peligros consiguientes.
El otro hecho observado es que dadas las características de trabajo de flotas en viajes interdepartamentales se hace necesario un control permanente en la ruta, tarea de exclusiva responsabilidad de la Policía Caminera que como se sabe no cuenta con suficientes movilidades para realizar patrullajes en las vías de mayor circulación para controlar de cerca y en el terreno el trabajo de los chóferes, su estado, control de velocidad y condiciones técnicas de los buses.
Simple y llanamente hay descuido en las Terminales, autoridades de Tránsito no alcanzan a cumplir sus obligaciones de control con todos y cada uno de los grandes motorizados que salen a las carreteras sin total seguridad y en muchos casos vulnerando disposiciones en vigencia. El decreto debe ser modificado para que se “universalicen” las sanciones con todo conductor irresponsable que ponga en peligro la seguridad y la vida de ciudadanos, sea en las calles o en las carreteras. Por lo demás el Gobierno debería favorecer en la dotación de unidades móviles a la Policía Caminera para que la misma haga su trabajo diario en las carreteras del país y no sólo en retenes próximos a las ciudades.
Fuente: LA PATRIA
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