Miercoles 22 de enero de 2014

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Bolivia - Nacional
Entidades públicas que reciban bienes embargados deberán pagar deuda
22 ene 2014
Fuente: La Paz, 21 (ANF).-
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Las instituciones públicas del Estado que se adjudiquen de forma directa los bienes que fueron embargados o anotados por el fisco, deberán pagar el monto tributario adeudado por el cual fue anotado, explicó el presidente del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), Erick Ariñez.
El Decreto Supremo 1859, promulgado el 8 de enero pasado, determina en su artículo único, que modifica el artículo 36, parágrafo III, del decreto 27310 que reglamenta la Ley 2492 del Código Tributario, que “los bienes aceptados en dación de pago, podrán ser adjudicados de forma directa a entidades del sector público, mediante resolución administrativa expresa de acuerdo a norma administrativa emitida por la Administración Tributaria”.
“Esta entidad del sector público tiene que pagar (porque) para nosotros es recaudación. Nosotros, Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), decimos: usted me debe 10 millones, esos 10 millones tengo que empozar al Tesoro General de la Nación. Se monetizará ese bien y me dirá (la entidad pública) le voy a pagar y quiero ese bien, ese vehículo, para que esa plata nosotros la empocemos al TGN”, señaló.
Fuente: La Paz, 21 (ANF).-