La Ley de Servicios Financieros aprobada por el órgano Ejecutivo abre las puertas de la vivienda propia, financiada con créditos que ya otorgan las entidades del sistema bancario en el país.
Si bien hasta hace poco existían algunos bancos y mutuales que ofertaban los créditos de vivienda, lo hacían bajo ciertas condiciones muy rígidas que para la mayoría de los solicitantes, era poco menos que imposible cumplirlas.
Los problemas de garantías y la elevadas tasas de interés colocaban a los prestatarios frente a un desafío que en alto porcentaje era muy difícil de sostenerlo y ganarlo, de ahí que en ciertos periodos la banca registraba un elevado número de clientes en mora y similar situación de viviendas bajo juicios de incumplimiento y los consabidos embargos, con la pérdida de capitales y al final también del inmueble.
Se recuerda como un hecho insólito en materia de garantía que al cliente que solicitaba un crédito para adquirir un lote y construir su vivienda se le exigía una garantía hipotecaria, a sabiendas que el prestamista lo que buscaba era justamente poder tener la vivienda propia y que además resultaba sumamente difícil que familiares o terceras personas proporcionen esa garantía. Entonces las soluciones podían darse empeñando todos los bienes posibles, vehículos, maquinaria, negocios, en fin todo lo que el banco consideraba con cierto valor recuperable, lógico que terreno y casa nueva también entraban en la garantía.
De ahí es que no sólo en las transacciones para obtener créditos de vivienda se exigían garantías que tripliquen el valor del empréstito, mostrando en todo caso que la entidad financiera “nunca perdía”, pero el prestamista podía quedar en la calle, si le fallaba por cualquier causa su plan de pagos.
Las cosas han cambiado actualmente en cierto modo, por lo menos el asunto de las garantías son exigibles a comprometer terreno y casa terminada, de modo que sólo al terminar de pagar el último centavo del crédito el ciudadano se convierte en propietario de su vivienda. Ha disminuido, por instrucciones superiores, la tasa de intereses, lo que permite al prestamista pagar cada mes sus cuotas comprometidas, calculadas en función a sus ingresos reales.
Lo interesante del nuevo modelo que rige en materia de intereses para los préstamos productivos y los de vivienda, funcionan en una escala variable que tiene relación con el monto solicitado y que puede servir para establecer un contrato anticrético, hasta cierto tope, que igualmente tiene relación con la compra de lote y construcción de vivienda hasta topes especiales que se calculan en función a las posibilidades reales del prestamista y que oscilan entre un 5 y un máximo de 6,5 % de interés anualmente. Anteriormente los intereses fluctuaban entre el 8 y el 11,5 por ciento.
Lo importante es saber que prestatarios que tienen problemas con el cumplimiento de sus pagos podrán acogerse a la nueva normativa vigente y renegociar sus créditos, disminuyendo ostensiblemente el cargo de intereses que resultaban onerosos y encarecían la vivienda social. Hay más de cien mil prestatarios en el país, según cálculos del Ministerio de Finanzas, que ahora pueden salvar la vivienda propia.
Para nuevos emprendimientos y por supuesto un crecimiento en el movimiento crediticio especializado en vivienda o de apoyo productivo, existen menos requisitos que cumplir y las garantías necesarias obviamente serán a los lotes y casas que se construyan, en un caso y equipos, maquinarias o vehículos en otros casos. Una buena manera de socializar los créditos bancarios.
Fuente: LA PATRIA
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