Miercoles 15 de enero de 2014

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Suplemento Policial
Cuándo no se aplica el SOAT
15 ene 2014
Fuente: LA PATRIA
Por: Sargento abogado Carlos Rubén Choque Moller - Asesor legal de la Dirección Departamental de Tránsito
Quedan excluidos de la cobertura del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), los casos de muerte o lesiones corporales ocurridos en las siguientes circunstancias:
En competencias de automóviles u otros vehículos motorizados.
En los accidentes de tránsito ocurridos en el exterior del Estado Plurinacional de Bolivia.
En áreas que no sean de libre acceso al público, provocados por vehículos que estaban circulando por esas aéreas, excepto por las terminales de pasajeros debidamente autorizados incluyendo parqueo de vehículos.
Como consecuencia de guerras y sismos.
Por suicidio o lesiones autoinferidas, demostradas legalmente.
Pero en todos estos acontecimientos el responsable del hecho asumirá los costos que demande el accidente.
CUÁL ES LA OBLIGACIÓN DE LOS CENTROS MÉDICOS.-
En todos los centros médicos, clínicas, hospitales, postas sanitarias, etc., sus funcionarios están en la obligación ineludible de prestar atención médica a las víctimas de accidente de tránsito.
QUIÉN RECIBE
EL PAGO DE INDEMNIZACIÓN.-
Gastos Médicos.- El centro médico que acredite haber prestado servicios a la víctima.
En caso de que el asegurado o cualquier persona relacionada con el herido, efectuara gastos médicos por fuerza mayor, la entidad aseguradora cubrirá el indicado gasto.
Fuente: LA PATRIA