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Sábado 14 de diciembre de 2013

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Suplemento Policial

EL INFRACTOR DE LA SEMANA

14 dic 2013

Fuente: LA PATRIA

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El infractor de esta semana es el conductor de la motocicleta con placa de control 3416-IXN, quien peligrosamente “jugó con la muerte” la mañana del jueves 12 de diciembre en la carretera Vichuloma-Oruro, al hacer una serie de maniobras erráticas, acrobáticas y vulnerar varios artículos del Reglamento de Tránsito.

El motociclista adelantó a varios vehículos por el lado izquierdo, inclinó la motocicleta como si fuese un corredor de motos y puso en riesgo no sólo su vida, sino también de los conductores de varios vehículos que iban cerca, ya que debido a sus movimientos cambiantes, no sabían si frenar o seguir adelante.

De acuerdo al Reglamento, el motociclista vulneró el artículo 88: “El conductor que guíe por las vías públicas, lo hará lo más cerca posible al costado derecho, debiendo tener especial cuidado al adelantar a otros vehículos detenidos o que en marcha lenta circulen por el mismo sentido”.

Asimismo, infringió el artículo 91: “Las personas que conducen motocicletas, motonetas, bicicletas, u otros vehículos menores, circularán por las vías públicas obligatoriamente en columna de a uno (uno detrás de otro), excepto en las franjas destinadas a su exclusivo uso”.

El conductor también vulneró el artículo 93: “Los conductores de esta clase de vehículos jamás acopiarán o agarrarán a otros vehículos en movimiento, estando terminantemente prohibido realizar actos de acrobacia, salvo cuando se trate de competencias deportivas debidamente autorizadas por la Policía de Tránsito”.

También violó el artículo 98: “Toda motocicleta o motoneta tiene derecho al pleno uso del carril y no se conducirá vehículo alguno de modo que impida el uso de la vía a este tipo de vehículos. Estos vehículos no circularán entre carriles ni entre filas de vehículos, debiendo conservar la respectiva columna”.

El motociclista cometió dos infracciones de tercer grado, “por realizar maniobras prohibidas por el Código y Reglamento de Tránsito, salvo casos de emergencia”, y “por no conservar su derecha al conducir un vehículo”, como se establece en los incisos 11 y 21 del artículo 382 de la norma de Tránsito.

Fuente: LA PATRIA
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