Extrabajador de Vinto denuncia irregularidades y represalias
03 dic 2013
Fuente: LA PATRIA
La empresa metalúrgica niega este hecho
El exjefe del departamento de Contabilidad de la Empresa Metalúrgica de Vinto, Fernando Herrera, denunció diferentes irregularidades que habrían ocurrido en dicha empresa, declarándose además víctima de represalias en su contra que derivaron en su destitución, en diciembre del 2012.
En tanto la empresa niega estas aseveraciones y señala que se inició un proceso administrativo contra Herrera, por la pérdida de la factura de la locomotora que se adquirió de la empresa Vecomar, en la gestión 2011.
Herrera mencionó que la destitución de la empresa fue injustificada, porque lo acusan de un hecho que no cometió, por lo cual califica esta acción como una serie de represalias, ante las denuncias que hizo en su determinado momento sobre viáticos de viajes fantasmas que cobraron ejecutivos de la empresa el 2010 y facturas pagadas por actividades que no se realizaron.
Señaló que después de su destitución, argumentando que habría hecho desaparecer la factura por la compra de una locomotora que tuvo un costo de 1,740.000 bolivianos y la cual habría sido anulada provocando un daño económico a la empresa y al Estado por no pagar impuestos, indicó que se recabó una certificación de la empresa Vecomar donde señala que la factura por la compra de la locomotora se encuentra anulada, argumentan que esta factura fue devuelta por el exgerente financiero, Adolfo Morales, el 27 de diciembre del 2011.
Aseveró que, a pesar de tener estas pruebas, en el proceso administrativo iniciado por Vinto, se le encuentra culpable y se ratifica su destitución, por tanto inició una demanda laboral pidiendo la restitución a su fuente laboral por ser injustificada y además demandó pagos devengados.
Por su parte, el juez de Partido 1 de Trabajo y Seguridad Social, Cristhian Echenique, indicó que Fernando Herrera inició un proceso en contra de la Empresa Metalúrgica Vinto solicitando cuatro puntos: reincorporación a su fuente de trabajo, segundo el pago de sueldos devengados, tercero pago de derechos sociales y finalmente la nulidad de un proceso sumario interno que siguió la empresa.
Aclaró que al momento de admitir la demanda se dejó en claro que no se tenía competencia para anular, tramitar y resolver el petitorio relacionado a la nulidad del proceso sumario administrativo, porque es otra la autoridad competente que puede realizar esto, pero se atendió las otras demandas.
Señaló que luego de trámites pertinentes se concluyó el proceso mediante la emisión de la sentencia del 22 de noviembre del 2013 y se determinó probada en parte la demanda, en lo que se refiere al pago de sueldos devengados desde el momento de despido del trabajador hasta la conclusión del sumario administrativo, también probada en cuanto al pago de derechos sociales.
Se declaró improbada en lo que respecta a la incorporación a su fuente laboral, aclarándose que la nulidad del proceso administrativo interno debe acudir a la vía llamada por ley, en síntesis, se puede explicar que se asumió esta determinación porque la reincorporación procede de los casos que fue despedido de forma injustificada en este trámite se asume la destitución por causales que alega la empresa que se establecieron en un proceso interno como está vigente y establece responsabilidad del demandante, entonces no es viable proceder con la reinserción, aclaró Echenique.
Aseveró que el demandante interpuso el recursos de apelación que será puesto en conocimiento de la empresa demandada, también es posible que la empresa presente su apelación, esta documentación se enviará a la Sala Social y Administrativa del Tribunal de Justicia para que emitan la resolución de segunda instancia.
Fuente: LA PATRIA
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