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Domingo 17 de noviembre de 2013

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Revista Dominical

¡Maldito dinero! ¡Maldita herencia! (Segunda y última parte)

17 nov 2013

Fuente: LA PATRIA

Por Javier Claure C. - Poeta

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Hace un tiempo fui testigo, en la distancia, de un incidente muy curioso: una nieta sin haber hecho absolutamente nada por su abuelo delicado de salud, y en su afán de ganarse la voluntad del anciano, jugaba premeditadamente con cartas de doble fondo; esperando el momento justo y necesario para dar el zarpazo. Apenas dejó de respirar, le arrebató sus bienes sin más ni más, violando la ley y los derechos de los herederos legítimos.

Pero el caso que me ha llamado mucho la atención es el siguiente: Por esas cosas extrañas que tiene la vida, hace unas semanas atrás cayó en mis manos un periódico de un país de Centroamérica. Resulta que un señor X, arrebató la herencia a todos sus sobrinos dejándolos en la calle. En la macabra noticia no se indica si los herederos habían iniciado un proceso jurídico contra el asaltante. Por el brutal desenlace, me hace suponer que uno de los herederos legítimos hizo la ley con sus propias manos. Un día fue a la casa del tío y lo esperó afuera. Cuando la familia salía de su vivienda, empezó a disparar como loco acribillando con balas al tío, a su esposa y a una hija inocente de 8 años. Este terrible final puso en vigencia la Ley del Talión: “ojo por ojo, diente por diente”. Como toda persona, con dos dedos de frente, debo condenar severamente este acto criminal, porque ningún ser humano tiene derecho de quitar la vida a otro ser humano. Esta realidad me ha conmovido profundamente, y me ha llevado a elaborar una pequeña investigación acerca de la herencia. Para tal objetivo, he consultado varios libros al respecto. Y como yo nunca he estudiado leyes, para entender mejor la cosa, he tenido asesoramiento de dos abogados suecos y dos abogados bolivianos, expertos en materia de herencias.

El Derecho Hereditario tiene su fundamento bien arraigado en el pensamiento de la jurisprudencia romana, en donde el Paterfamilias (el padre) era la máxima autoridad familiar, bajo cuyo poder estaban las cosas materiales y las personas que le rodeaban. A la muerte del Paterfamilias, si no tenía hijo, el agnado (miembro familiar sometido a la potestad del pater) más próximo era el heredero. Y si no existía agnado, los gentiles (miembros de una agrupación social que estaban bajo la patria potestad de su padre en el momento de su muerte) eran los herederos. De manera que los bienes materiales siempre quedaban dentro de la gens. Esta sucesión hereditaria, que tiene sus raíces en los vínculos de parentesco que unen a una familia, es aplicada en todas las sociedades del mundo.

Después de la muerte de los padres, los herederos legítimos deben aceptar formalmente la herencia. Es decir, hacer los trámites correspondientes, ante notario, para que la herencia pase a propiedad de ellos. Si no se realiza este hecho, según el Código Civil Español, la herencia se considera “yacente”. En tal situación, los herederos no pueden tocar los bienes materiales del fallecido o la fallecida, y ninguna persona extraña puede involucrarse con la herencia. En otras palabras, ninguna persona, de segundo o tercer grado en la jerarquía familiar, puede cobrar dinero del fallecido y menos vender sus bienes materiales. A no ser que exista un testamento donde el fallecido haya indicado, con su firma de puño y letra, el nombre de la persona que se hará cargo de sus bienes. Sin embargo, en muchos casos, hay una cláusula que salta como resorte y dice: “El testador pudo haber dispuesto de su patrimonio en favor de un extraño, pero no por eso el heredero deja de serlo. El legatario adquiere pero no es sucesor. El heredero puede no adquirir, pero es sucesor y por eso responde”. Por lo tanto, los herederos legítimos, por ley, deben responder a la herencia; y no pueden ser despojados. La ley dice que la herencia se otorga a los sucesores universales del causante. Se analiza la composición familiar de la persona fallecida para establecer el orden de herederos. En primer lugar heredan los descendientes. Y en segundo y tercer lugar heredan los ascendientes. En este sentido, en Suecia, como en todos los países del mundo, los herederos son llamados según el orden que establece el Código Civil Sueco. Esta jerarquía, conforme el código sueco, está divida en tres categorías.

Primera categoría:

El hijo es el heredero legítimo del padre (si no hay hijo) es la hija heredera legítima (si no hay hija) (si los hijos han muerto) los nietos son los herederos (si no hay nietos) los bisnietos son los herederos.

Segunda categoría:

Si no hay descendientes es el padre el heredero (si no hay padre) es la madre la heredera (si no hay madre) es el tío el heredero (si no hay tío) es la tía la heredera (si no hay tía) son los sobrinos los herederos.

La tercera categoría es irrelevante en este artículo. De acuerdo a esta cadena hereditaria estrictamente jerárquica, los miembros que la conforman no pueden pasar de un lugar a otro como si fuesen fichas de juego. Es decir, la nieta no puede, en absoluto, saltar para figurar como hija; existiendo herederos legítimos. El tío tampoco puede seguir ese camino. De ahí, arrebatar una herencia falsificando documentos, firmas, fechas y nombres de acreedores; es fraude de ley. Este acto inmoral es penado absolutamente por todos los sistemas jurídicos del mundo, ya que el dolo se muestra bien explícito. Además, es un delito en tres sentidos: es usufructuar los inmuebles y el esfuerzo que una persona ha realizado en vida, justamente para hacerse de esos bienes materiales. Significa transgredir los valores éticos y morales universales en sentido superlativo. Y también significa violación a las normas jurídicas y tocar las fibras más íntimas de una familia. Cometer un hecho de tal magnitud, y luego creer que todo sigue igual como antes; es carecer de criterio y, sobre todo, no tener un concepto cabal de la realidad. Y aunque el malhechor o la malhechora vayan a la iglesia a rezar, todos los días, mil Padre Nuestros y dos mil Ave Marías, el delito está cometido. No creo que exista una religión donde se pregone: “primero el crimen, luego el arrepentimiento para gozar en la eternidad”. Estas palabras son mejor ilustradas con la historia bíblica de Acán que nos ayuda a comprender la disconformidad entre el bien y el mal:

Según la Biblia, Jehová ordenó al ejército israelita a conquistar Jericó, una de las ciudades cananeas más antiguas del mundo. El objetivo principal era entregar, al pueblo judío, la Tierra Prometida. Josué, siervo de Jehová, fue uno de los cabecillas. Y en este proceso de conquista había una condición: nadie, absolutamente nadie podía apañar bienes materiales para uso personal. Tampoco nadie podía apoderarse de las cosas como botín de guerra, porque todo pertenecía a Dios. Pero como existe aberraciones en la naturaleza, había un hombre llamado Acán que era la anomalía andando. Acán hurtó cosas de valor, hizo un hoyo en el lugar donde armó su carpa; y enterró lo robado para que nadie se entere de la infracción. “Y la ira de Jehová se encendió contra los hijos de Israel”. Por culpa de su maldad murieron muchos israelitas en un intento de conquistar Hai, una ciudad cerca de Jericó. Acán pensó que su Dios, al cual adoraba, no le vio robar; y probablemente “se sentía inocente”. Pero todo cae por su propio peso. Y el Señor dijo: “A quien la suerte señale como poseedor de lo consagrado al exterminio será entregado al fuego con todo lo que le pertenece, por haber quebrantado la alianza del Señor y haber cometido una infamia en Israel”. Finalmente, Acán fue descubierto. Josué lo encaró: “… y declárame ahora lo que has hecho; no me lo encubras”. Acán tembloroso reconoció su pecado con las siguientes palabras: “Verdaderamente yo he pecado contra Jehová el Dios de Israel, y así y así he hecho. Pues vi entre los despojos un manto babilónico muy bueno, y doscientos siclos de plata, y un lingote de oro de peso de cincuenta siclos, lo cual codicié y tomé; y he aquí que está escondido bajo tierra en medio de mi tienda, y el dinero debajo de ello”. Entonces Josué tomó todo lo robado, tomó también a la esposa de Acán, a sus hijos e hijas junto con su asno, su buey, sus ovejas, su carpa y todas sus pertenencias; llevando todo al Valle de Acor. Josué, acompañado por todo el pueblo judío, dijo: “¿Por qué nos has acarreado la desgracia? Que el Señor descargue sobre ti esa misma desgracia en este día”. El pueblo judío estaba muy enfurecido y Acán, su familia y sus animales fueron apedreados, sin clemencia, hasta la muerte. Todo quedó en paz y “Jehová se volvió del ardor de su ira”.

Aquí hay un detalle muy interesante; Acán reconoció su pecado no por arrepentimiento propio, sino más bien porque fue descubierto y tenía un gran temor a la venganza. Pero su remordimiento no le valió de nada. Era muy tarde. Y por embaucador, ladrón, traidor y desobediente a Jehová se mereció esa muerte dolorosa que, segundo a segundo, atormentaba su corazón ante miles de ojos juiciosos. Su mujer y sus hijos sufrieron el mismo destino porque fueron cómplices de su pecado.

Conclusión: nadie se escapa de la ley natural. Y no hay mejor cosa que vivir aunque sea humildemente, pero con la frente en alto y sin que nadie nos apunte con el dedo. Es bello vivir en paz consigo mismo, con los que nos rodean y con la conciencia tranquila.

* Libros consultados:

Código Civil Español.

Código Civil Sueco, (Svensk Civillag).

Derecho de la familia musulmana,

(Muslimsk familjerätt, Johanna Schiratzki). Enciclopedia Nacional Sueca, (Svensk Nationalencyklopedi).

Historia Jurídica Sueca, (Svensk Rättshistoria, Göran Inger).

Historia Sueca del Derecho Civil (Svensk Historik Lagbok, Christian Häthén & Per Nilsén).

La Revolución Romana, Ronald Syme.

La Biblia (Josué 7:1-26; 8:1-29).

La Palabra, El Mensaje de Dios para mí (Josué 7).

Sucesión Intestada en Roma,

Nelly Solimano, ensayo.

Fuente: LA PATRIA
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