Reelección: Tribunal Constitucional basa su decisión en la CPE y no en convenios
12 nov 2013
Fuente: La Paz 11 (ANF).-
El presidente del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), Ruddy Flores, afirmó este lunes que el fallo sobre la reelección del Presidente Evo Morales, contenido en la Ley de Aplicación Normativa, se dio en base a un análisis a ‘letra muerta’ de la Constitución Política del Estado (CPE) y no en base al acuerdo político firmado entre oficialistas y opositores en octubre del año 2008 y que permitió la aprobación de la nueva Carta Magna.
Flores sostuvo que el proceso de control de constitucionalidad comprende un análisis y contraste de la Constitución Política del Estado (CPE) y que el Tribunal Constitucional ha ejercido esa competencia.
“Se habla de acuerdos políticos, el Tribunal Constitucional tiene el Control de Constitucionalidad, no analiza los acuerdos, no es su atribución, no podría ser, estaría vulnerando la Constitución Política del Estado, consecuentemente es un acuerdo político”, afirmó en conferencia de prensa.
Recordó que la única instancia de control constitucional es el Tribunal Constitucional. “Decir que el fallo del Tribunal Constitucional es inconstitucional no es correcto, porque se ha hecho un contraste con la Constitucional Política del Estado”, señaló.Explicó que si habría una norma en la Constitución que expresamente prohíba la reelección del Presidente, se podría hablar de la vulneración de un Estado de derecho, empero “la disposición final, a la que muchos hacen referencia, no habla de la reelección del Presidente y es una disposición general y no está en el texto de la Constitución”.
El expresidente Jorge Quiroga (2001-2002) pidió a la comunidad internacional, que participó con veedores en la negociación para la aprobación de la nueva Constitución Política del Estado, en octubre del 2008, pronunciarse y dejar de guardar un “silencio cómplice” ante las aspiraciones de Morales a un tercer mandato que, a su criterio, vulneran la Carta Magna.
El exmandatario se reunió en Washington (Estados Unidos), con el secretario General de la Organización de Estados Americanos (OEA), José Miguel Insulza, y con el secretario Ejecutivo de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Emilio Álvarez, a quienes presentó su demanda e informe por la situación que podría atravesar Bolivia el año 2014.
El presidente del TCP recordó que el rol de la CIDH tiene otras estructuras políticas y no corresponde esa petición. La Comisión atiende violación y vulneración de derechos humanos y no puede emitir fallos de tipo constitucional.
“En este caso (reelección de Evo Morales), no se ha vulnerado ningún principio democrático, consecuentemente el fallo de Tribunal Constitucional es un fallo que se ajusta estrictamente a la Constitución”, afirmó.
NEGOCIACIÓN
DEL 2008
En la negociación congresal del año 2008, organismos como la OEA, la Unión de Naciones Suramericanas (Unasur) y los gobiernos de países como Brasil, Argentina y Colombia, enviaron delegados a Bolivia para ser observadores del proceso de concertación de la nueva Carta Magna entre oficialistas y opositores.
Fruto de esa concertación, se hizo una modificación a la disposición transitoria primera, parágrafo segundo, de la nueva Carta Magna, en la que se estableció que “los mandatos anteriores a la vigencia de esta Constitución serán tomados en cuenta a los efectos del cómputo de los nuevos periodos de funciones”.
Por ese acuerdo político el periodo 2006 – 2009 cuenta como el primer periodo de Gobierno y el actual, 2010-2015, como el segundo, lo que impediría a Evo Morales acudir a una tercera elección el 2014, pues la Constitución establece que un presidente puede ser reelecto una sola vez.
Fuente: La Paz 11 (ANF).-
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