Domingo 24 de enero de 2010
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LA DRA. ZULEMA NINA RAMOS DE ARIAS JUEZ DE PARTIDO CUARTO DE FAMILIA DE LA CAPITAL DE ORURO – BOLIVIA, POR CUANTO LA L EY LE FACULTA:
Por el presente EDICTO cita a JAVIER CENTELLAS AJATA para que por sí o mediante apoderado legal asuma defensa, dentro del proceso de DECLARACION JUDICIAL DE PATERNIDAD seguido por LOURDEZ CHAVEZ CADIMA, contra el nombrado-- A cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley.- MEMORIAL DE FS. 3 A FS. 4.- SEÑOR JUEZ DE PARTIDO DE TURNO EN FAMILIA.- Reconocimiento Judicial de Paternidad.-- Otrosíes.--LOURDEZ CHAVEZ CADIMA, mayor de edad, C.I. 3549506 – Or. Con domicilio en la calle Santa Cruz entre Pagador y Potosí, hábil a los efectos de ley, pido.-- Del Certificado de Nacimiento se puede establecer el nacimiento de mi hija de nombre EYMI LAURA CRAVEZ en fecha 6 de marzo de 1.995.-- EI progenitor no ha procedido con el reconocimiento respectivo rehuyendo así la responsabilidad que tiene.- Con el Sr. Javier Centellas Ajata nos conocimos durante la gestión 1.992 fue así que pasó el tiempo y durante la gestión 1.993 se dio la relación sentimental.-- Nuestra relación se hizo más profunda y seria al punto de que quedé embarazada por el mes de junio de 1.994, cuando tenía 1 mes de embarazada el mes de julio establecimos una relación de hecho (Concubinato) en un cuarto independiente.-- Parecía solucionar los problemas pero empeoraron sobre todo su comportamiento ya que se dedicó a tomar bebidas alcohólicas, me agredía psicológicamente, tanto fue el maltrato para cuidar mi integridad física y autoestima es que en el mes de octubre tuve que recurrir al hogar de mis padres.-- En la actualidad mi hija se encuentra privada de su derecho de identidad lo que desemboca en discriminación.-- En apoyo de los Arts. 206, 207, 208, 210 Cod. Fam., Art. 96 N.N. demando Reconocimiento Judicial de Paternidad contra Javier Centellas Ajata, mayor de edad, domiciliado en la Av. Mariscal de Zepita entre Pastoral Social y Héroes del Acre, hábil a los efectos de ley.-- Se sirva declarar probada mi demanda.-- Otrosí: Tutora Ad Litem de la menor EYMI LAURA CHAVEZ.-- Otrosí 1ro.- Prueba documental.-- Otrosí 2°.- Domicilio Procesal.- Será Justicia, etc.- Oruro, 8 de diciembre de 2009.-- Fdo. ABOGADO.- Fdo. INTERESADA.-- DECRETO DE FS. 4 VLTA.- á, 10 de diciembre de 2009.- Con carácter previo aclare su demanda con relación a la disposición legal en la que ampara su solicitud, sea dentro del plazo de 48 horas bajo alternativa de aplicarse los alcances del Art. 333 del Código de Procedimiento Civil-.- A los Otrosíes.- A lo principal.- Y por existir contradicción entre la naturaleza del proceso y la cita de la disposición legal.-- Fdo. Juez.- Fdo. Secretaria.-- MEMORIAL DE FS. 6.- SEÑORA JUEZ DE PARTIDO CUARTO DE FAMILIA.- Modifica demanda.-- Otrosí.- LOURDEZ CHAVEZ CADIMA, pido.- En cumplimiento por el Art. 332 del C.P.C. modifico la presente demanda como Declaración Judicial de Paternidad para adecuarse a los citas legales de fecha 8 de diciembre de 2009 y por cumplido lo dispuesto mediante proveído de fecha 10 de diciembre de 2009.-- Otrosí.- Me ratifico íntegramente en la demanda presentada.-- Será justicia, etc.- Oruro, 14 de diciembre de 2.009.-- Fdo. ABOGADO.- Fdo. INTERESADA.-- DECRETO DE FS. 6 VLTA.- á, 15 de diciembre de 2009.- Habiendo cumplido con lo dispuesto a fs. 4 de obrados, téngase por admitida la anterior demanda en todo cuanto hubiere lugar en derecho TRASLADO, personal a JAVIER CENTELLAS AJATA a objeto responda dentro del plazo previsto por el Art. 345 del Código de Procedimiento Civil.- (15 días).-- Al Otrosí.- Se designa tutora ad litem de la menor Eymi Laura Chávez en la persona de su madre LOURDEZ CHAVEZ CADIMA, quien deberá presentar juramento de ley conforme a derecho.-- Al Otrosí 1°.- Téngase por ofrecida en calidad de prueba literal pe-constituida de cargo con noticia contraria.-- Al Otrosí 2°.- Por señalado el domicilio.-- Al Otrosí del memorial de la vuelta.- Por ratificada la demanda en los términos expuestos con noticia contraria y estése a lo decretado.-- Fdo. Juez.- Fdo. Secretaria.- DECRETO DE FS. 8 VLTA. á, 7 de enero de 2010.-- Acumúlese a sus antecedentes.- Fdo. Juez.- Fdo. Secretaria.-- MEMORIAL DE FS. 9.-SEÑORA JUEZ DE PARTIDO CUARTO DE FAMILIA.- Solicita citación por edicto.--LOURDEZ CHAVEZ CADIMA, pido.- De la representación efectuada por la oficial de diligencia se puede evidenciar que el demandado no ha podido ser habido en el domicilio que no vive en esa casa.- En consecuencia que desconozco su actual paradero de acuerdo al Art. 124 del C.P.C. impetro se libre edictos de ley.-- Será Justicia.-Oruro, 9 de enero de 2010.-- Fdo. ABOGADO.-- Fdo. INTERESADA.- DECRETO DE FS. 9 VLTA. á, 11 de enero de 2010.- Líbrese edicto de ley previo juramento previsto por el Art. 124 parágrafo II del Código de Procedimiento Civil, debiendo publicarse DOS EDICTOS EN UN PERIODICO DE CIRCULACION NACIONAL y UN EDICTO EN UN PERIODICO DE CIRCULACION LOCAL.-- Fdo.- Dr. Vicente González Aramayo Zuleta.-- JUEZ DE PARTIDO 5to. DE FAMILIA.- (en Suplencia Legal).-- Fdo.- Ante Mi: Dra. Jimena I Diaz Farro.-- SECRETARIA-ABOGADO.-- JUZGADO DE PARTIDO 4to. DE FAMILIA.-- ORURO-BOLIVIA.-- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS VEINTE DIAS DEL MES DE ENERO DEL AÑO DOS MIL DIEZ.- D.S.O.
Fuente: LA PATRIA