Miercoles 28 de agosto de 2013

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Suplemento Policial
Hasta la fecha 90 choferes fueron suspendidos por conducir en estado de ebriedad
28 ago 2013
Fuente: LA PATRIA
Por: Sargento abogado Carlos Rubén Choque Moller - Asesor legal de la Dirección Departamental de Tránsito
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La Dirección Departamental de Transito, a través del Departamento de Asesoría Legal hace conocer a la sociedad en su conjunto con el fin de prevenir y erradicar el consumo excesivo de bebidas alcohólicas, que hasta la fecha fueron suspendidos temporalmente 87 conductores por conducir en estado de ebriedad y 3 conductores en forma definitiva, de conformidad al artículo 16 que de forma expresa indica en la parte más importante que la “inhabilitación temporal y suspensión definitiva de licencia de conducir, se efectivizarán mediante resolución del Organismo Operativo de Tránsito y puestas en conocimiento de las instancias que correspondan”, conforme el Decreto Supremo 1347.
Las suspensiones temporales y definitivas se realizan en estricta sujeción al artículo 34 de la Ley Nº 259, de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas que indica lo siguiente: Artículo 34°.- (Sanciones a conductores en estado de embriaguez) Toda persona que conduzca vehículos automotores públicos o privados en estado de embriaguez con un grado alcohólico superior al permitido, en reglamentación expresa, será sancionada:
1. La primera vez, con la inhabilitación temporal de un año de su licencia de conducir y la aplicación de medidas correctivas y socioeducativas.
Fuente: LA PATRIA