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Domingo 11 de agosto de 2013

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Revista Dominical

El proyecto del Estatuto Autonómico de Oruro, colonial y de restitución al sistema prefectural

11 ago 2013

Fuente: LA PATRIA

Por: Iver Pereira Vásquez

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UN ANÁLISIS GROSSO MODO

La Asamblea Legislativa del Departamento de Oruro (ALDO), viene promoviendo el “trabajo preliminar” de la Ley Básica Institucional, que regirá en Oruro, no sólo se trata de un instrumento jurídico, sino esencialmente político, que debe dotar de una nueva institucionalidad gubernativa, profundizar la democracia, dinamizar el desarrollo económico, construir el Estado plurinacional como fin para constituir una sociedad justa y armoniosa, sin discriminación ni explotación, con plena justicia social, que pasa por la descolonización del viejo Estado Nación.

El anteproyecto de Estatuto Autonómico, así se trate de un borrador no hace absolutamente nada por la construcción del Estado Plurinacional y retorna a las viejas estructuras del Estado Nación, cambia sólo de nombre a algunas instituciones del pasado, el Gobernador juega el mismo rol que el Prefecto, el Subgobernador el rol del Subprefecto y el corregidor remarca su importancia sin conocer qué rol jugará.

La introducción del EA, falsea la historia y esto tiene que ver con la concepción de los autores, son del MAS y piensan como la oligarquía, los pueblos de tierras altas No luchamos por la Autonomía, asumimos la misma en el marco de la Nueva CPE y No como parte de la agenda de Oriente impulsada por sectores conservadores del país.

No hace mención para nada la compuesta de la organización territorial de Oruro, pero aún peor no reconoce la existencia de municipios indígenas, olvida que pueblos de los municipios de Chipaya, Salinas de Garci Mendoza, Pampa Aullagas y San Pedro de Totora han decidido soberanamente constituirse en Municipio, Autonomía Indígena y por lo mismo la relación de esta deberá ser a partir de la planificación de su gestión territorial y la comprensión de poder, el respeto de su manera de ver el mundo.

Respecto a los Derechos, al menos la idea que nos plantea la CPE es construir una sociedad justa y sin discriminación, la incorporación de categorías jurídicas inexplicables como “residente” y/o “estantes” ¿acaso no conduce a una suerte de discriminación en razón de nacimiento?

Existen conceptos contradictorios entre derechos, deberes y garantías fundamentales, y generalización de la idea de “género y generacional” que cae al mismo tiempo en la intención de proteger tanto a la mujer como a las personas de la tercera edad.

Sólo con poner atención a la CPE, y la clasificación que hace de los Derechos de 1ra., 2da., y 3ra. generación de derechos humanos habrían salvado su compromiso con el ser humano de estas tierras. Según los autores del EA, es de absoluta prioridad el goce efectivo de las personas de la tercera edad, ¿incluso que estos deberán continuar trabajando? y respecto a las personas de diferente orientación sexual deberán ser sometidos a su rehabilitación, esto conduce a la pregunta ¿las personas con diferente orientación sexual son enfermos para ser rehabilitados?, ¿esta no es una posición nazi?

El EA -crea- más bien recupera de la Ley de Descentralización Administrativa del tiempo neoliberal cinco Consejos Departamentales, que no aclara qué rol cumplirán para el desarrollo institucional: Salud que estará compuesta de al menos 50 instituciones, Seguridad Ciudadana compuesta de al menos 20 personas, Minería, Metalurgia e Hidrocarburos compuesta de al menos seis instituciones, de Desastres Naturales, compuesta por el Gobernador y organizaciones civiles urbano, rurales y Consejos provinciales de Desarrollo sin ninguna representación y sin conocer qué rol cumplirán.

La ley de descentralización administrativa, creaba a su turno varios consejos entre ellos de Cultura, de Deportes, que en la experiencia jamás lograron funcionar por su falta de reglamentación, pero lo más importante es que no se reconoce la institucionalización como mecanismo de eficiencia y eficacia para el desarrollo humano sostenible.

REPRESENTACIÓN

POLÍTICA EN LA ALDO

La ALDO, en su posición conservadora repite la composición de representación, cuando es tiempo de definir qué rol van a cumplir en el desarrollo por ejemplo provincias que en los hechos están abandonadas, como las de occidente, o es igual la representación política de una provincia que tiene un solo municipio como por ejemplo Santiago de Huari, Huayllamarca, Eucaliptus a otras que tienen en su jurisdicción provincial dos ó más municipios.

Por otro lado, en la construcción de la democracia plural, es tiempo de positivizar el derecho a la representación de los pueblos Originarios, que sólo es posible comprender a partir de la lucha de los Uru Muratos, por territorio en el último tiempo, en el EA se reconocen como idiomas a los Uru-Chipaya y Puquina y por otro lado engloba en una sola nación en la representación tanto a Chipayas y (Uru) Muratos, pues al menos en la lógica de la complementariedad y alternancia debe garantizar la presencia de ambas naciones en un mismo periodo constitucional.

DE LA SUBGOBERNADORA

O SUBGOBERNADOR

Crea una especie de vicepresidente, sin embargo no nos señalan qué rol político de aquella instancia estatal tendrá y, otra vez reivindica la idea de administración prefectural, debe ser aquel sujeto que juegue el rol de bisagra entre el Legislativo y el Ejecutivo, con lo que se cambiaría al mismo tiempo el número de asambleístas o ¿cumplirá el rol del actual Secretario General de la Prefectura?

DE LAS SUBGOBERNADORAS

O SUBGOBERNADORES

No cabe duda que se cambia de nombre al viejo instituto conocido como Subprefecto por el de Subgobernadora o Subgobernador, estas autoridades son las designadas por el Ejecutivo Departamental, ellas serán designadas de una terna presentada por las organizaciones sociales y según procedimientos propios, ¿cabildo, asamblea, dedazo) cuál es ese procedimiento que debe estar claro en el EO.

Si la idea central de la Autonomía es la profundización de la democracia, estas autoridades o deben ser elegidas democráticamente y tener funciones específicas de generación de políticas de articulación con el Ejecutivo y la ALDO y ser designado al menos por ésta y en base a consensos de la ciudadanía en las provincias.

Las provincias, ya se hallan representadas en la ALDO, debemos pensar en el concepto de región que nos otorga la CPE para generar políticas de desarrollo económico, social y profundización de la descentralización y, en vez de reivindicar a las provincias se debería reivindicar las regiones económicas del Departamento y allá en la región generar verdaderas autoridades articuladoras del campo y la ciudad.

EL CORREGIDOR, LA VIEJA

INSTANCIA COLONIAL

El EA reconoce al corregidor como parte del Órgano Ejecutivo Departamental, que no otra cosa significa el reconocimiento de aproximadamente 250 personas que se dedicarán a “corregir” a los comunarios en el área de sus jurisdicciones - antes cantones-, no se describe cuál será la jurisdicción que administre y qué competencias se asigna, pero al mismo tiempo deben garantizar presupuesto para estos que serán funcionarios públicos “designados” y si se trata de un sueldo mínimo nacional deben garantizar de dónde y cómo se pagará aquella parte de la burocracia que se incorpora. Lo contradictorio es que no se entiende cómo los supuestos “anticoloniales” hoy reivindican una de las instituciones más significativas de la Colonia.

EL CONTROL SOCIAL

CONTROLADO POR EL GAMO

Otra de las inconsistencias es que el EA reduce el control social a quienes estén debidamente registrados en el GAMO, lo que no nos dicen es quién llevará ese registro, quién lo aprueba y qué características tendrá este.

EFICIENCIA, EFICACIA

Y ECONOMÍA.

El reconocimiento del Sistema de Planificación únicamente hace entrever que no se tiene la intención del conjunto de construir la gerencia pública a partir de varios sistemas que reconoce el Estado y con ella no tener la obligación de implantar la institucionalización del personal y continuar siendo el conjunto de la gobernación una instancia de permanentes improvisaciones y convertir al funcionario público servil al partido en función de gobierno.

Fuente: LA PATRIA
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