En Bolivia con fecha 3 de marzo de 2012 la diputada del Movimiento Al Socialismo (MAS), Patricia Mancilla, ha interpuesto ante el Tribunal Constitucional una demanda de inconstitucionalidad de algunos artículos del Código Penal, especialmente en referencia al aborto, actualmente calificado y sancionado como delito contra la vida. La diputada ha rehusado hacer declaraciones, pero lo ha hecho Malena Morales, la directora en Bolivia de IPAS, ONG estadounidense, que financia esta demanda.
Las personas y asociaciones abortistas que pretenden la despenalización y/o la legalización parcial o total del aborto fundamentan su posición en base a argumentos que, tal como veremos, carecen de consistencia lógica, biológica y también jurídica. El argumento más esgrimido suele ser “mi cuerpo me pertenece” dando a entender que la mujer tiene derecho a tomar la decisión de abortar de acuerdo a sus valores y preferencias.
Sin embargo este argumento es falaz. Una persona puede decidir si se quita o no una verruga o si se opera quirúrgicamente. Pero no se puede aplicar este argumento al aborto. Ningún biólogo o ginecólogo afirmaría que la niña o niño en gestación forma parte del cuerpo de la madre. El “nasciturus”, o sea quien va a nacer, posee un genoma con características genéticas y biológicas propias, ya que es fruto de la unión de dos gametos, el paterno y el materno.
En el caso del recurso inconstitucional en Bolivia, arriba mencionado, la directora de IPAS en Bolivia, en una entrevista radiofónica con Erbol, indica que se debe admitir el aborto dentro de las doce semanas de gestación porque “la corteza cerebral del feto aún no ha madurado”. Este argumento es también totalmente engañoso. El desarrollo del nuevo ser humano es un proceso continuo armónico y autosustentable, salvo que se le impida por el aborto. Veamos una descripción de un bebé de 11 semanas:
“Mide casi 4 centímetros y pesa 7 gramos. Su piel es tan finita, que es casi transparente y por eso se pueden ver todas sus venas. Algunos de sus huesos están empezando a endurecerse y los dedos de sus manos y de sus pies no sólo están ya todos formados, sino que dentro de muy poquito podrá abrirlos y cerrarlos” y se verán sus huellas digitales. http://espanol.babycenter.com/11-semanas-de-embarazo - ixzz2arXw5mQ5
Como es sabido IPAS promociona el método abortero de aspiración endouterina para “limpiar el útero” de la madre en las primeras semanas. En realidad asesinan cruelmente a seres humanos totalmente inocentes e indefensos que tienen ya el derecho a vivir. El Dr. Bernard Nathanson, conocido como el rey del aborto por haber dirigido durante varios años una clínica abortista en Nueva York, se convirtió en defensor de la vida del nasciturus, cuando vio a través de la ecografía un aborto por aspiración. El bebé trata de escapar de la sonda asesina que termina tragándolo como una basura (Video “El grito del silencio”). Se trata, pues, de un crimen abominable, totalmente inaceptable.
La ideología abortista esgrime también el argumento de que el embrión o feto, al no ser persona, no tiene el derecho a la vida. Solamente cuando nazca podrá ser registrado como persona y gozará de los derechos humanos. Este argumento es erróneo, ya que confunde el ser persona en sentido jurídico legal con el ser persona en sentido antropológico. Al ser registrado, el Estado admite que ya antes era un ser humano vivo y por lo tanto persona. El Código Civil Boliviano reconoce derechos ya al nasciturus, siempre que nazca con vida (art. 1.2), y el Código del Niño, Niña y Adolescente afirma “Se considera niño o niña a todo ser humano desde su concepción” (art. 2).
La práctica legal de registrar al ya nacido, común a muchas legislaciones, se debe también a razones prácticas. Hasta bien avanzado el siglo XX no había posibilidad de conocer quién iba a nacer. Un avance cualitativo se dio con la ecografía, que permite ver al “nasciturus” (“quien va a nacer”) en el seno materno y conocer sus características vitales, incluyendo el sexo. La moderna medicina prenatal reconoce al nasciturus como paciente diagnosticándole posibles enfermedades o discapacidades y realizando tratamientos e incluso operaciones quirúrgicas.
Bolivia ha refrendado la Convención Americana de Derechos Humanos, el llamado Pacto de San José de Costa Rica (1969), que claramente establece en el art. 4: “Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente. Por ello esperamos que el Tribunal Constitucional reconozca el carácter provida de nuestro ordenamiento jurídico y rechace esa demanda de inconstitucionalidad, promovida por ideologías abortistas y antinatalistas.
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