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Cientistas proponen suplencias para reemplazar a autoridades destituidas
02 may 2013
Fuente: La Paz, 1 (ABCP-ANP) –
“El respeto absoluto a la voluntad popular” con la elección de gobernadores y alcaldes suplentes en las urnas, en lugar de la designación de autoridades que generan daños económicos y morales es la propuesta de profesionales agrupados en la Asociación Boliviana de Ciencia Política (ABCP).
La organización dedicada desde 2011 a la investigación y el debate de temas sociales reunió, en varios conversatorios, a personalidades de la política del oficialismo y la oposición, expertos y analistas para elaborar la propuesta.
La ABCP examinó la problemática de “La Suspensión y Destitución de Autoridades Electas bajo la Ley Marco de Autonomías y Descentralización (LMAD)”, y concluyó que “el proceso normativo, declarado inconstitucional por el Tribunal Constitucional, ha generado daños a la democracia promoviendo el desconocimiento de la voluntad ciudadana”.
El pasado martes 5 de febrero de 2013, el Tribunal Constitucional declaró inconstitucionales a los artículos 144, 145, 146 y 147 de la Ley Marco de Autonomías y Descentralización que permitía la suspensión de autoridades elegidas por voto ciudadano, en caso de existir una acusación formal, por violar el derecho de presunción de inocencia.
Dos días después del fallo, el primer funcionario en obtener la restitución a sus funciones, tras ser suspendido el 18 de agosto de 2010, fue el alcalde de la ciudad de Potosí, René Joaquino, a quien se atribuyó responsabilidades en la compra de vehículos usados.
Como Joaquino, otras cinco autoridades municipales siguieron el camino de la suspensión en comunas donde el oficialista Movimiento al Socialismo (MAS) posee representación mayoritaria.
Entre los gobernadores suspendidos se encuentran Ernesto Suárez (departamento del Beni) quien fue cesado en diciembre de 2011 por presuntos hechos de corrupción. En noviembre de 2010, el gobernador de Tarija, Mario Cossío, abandonó el país y buscó refugio político en Paraguay después de la apertura de varios procesos judiciales por presunta responsabilidad en mala administración de recursos de la región sureña.
Con anterioridad, en septiembre de 2008, el gobernador de Pando, Leopoldo Fernández, fue detenido preventivamente por supuesta participación en una masacre de campesinos y actualmente permanece bajo arresto domiciliario a la espera de un juicio.
Presunción
de inocencia
La ABCP observa “el irrespeto a las garantías del debido proceso y la presunción de inocencia”. Afirma que “diversas autoridades electas, casi todas de la oposición al oficialismo, fueron suspendidas por ese proceso inconstitucional, produciendo enormes daños económicos y morales a dichas personas, así como el deterioro de la gestión pública y la gobernabilidad de las entidades territoriales autónomas”.
La propuesta dirigida a regular el proceso de suspensión y destitución de autoridades electas, en apego a la Constitución Política del Estado (CPE) y la voluntad ciudadana expresada en las urnas, según la ABCP, señala las siguientes premisas como punto de partida: la vigencia plena del estado de derecho, el respeto a la ley por parte de las autoridades y sociedad civil, la conservación de la independencia y la coordinación de poderes.
El segundo pilar de la propuesta demanda el “respeto absoluto a la voluntad ciudadana expresada en las urnas” y que reconoce sólo al elector la facultad de elegir a los titulares en los cargos de representación bajo el principio de la “soberanía popular”.
La ABCP expresa como sugerencia la redacción de una norma independiente a la Ley Marco de Autono-mías para incorporar la figura de un suplente para las candidaturas a gobernadores y alcaldes.
“Esto garantizaría la protección de la voluntad soberana, ya que en caso de renuncia, muerte, suspensión y/o destitución del titular, inmediatamente asume el suplente, evitando el perjuicio sobre la gestión pública local y regional”, expresa el análisis.
Propone una alternancia de género para el ejercicio de la función de gobernador y alcalde. Si el titular es varón el suplente será mujer y viceversa.
Para el proceso de suspensión, los analistas reunidos por ABCP señalan que “si los delitos fueran flagrantes, el órgano legislativo del gobierno sub-nacional (gobernación) por dos tercios de voto, debe exigir a la autoridad imputada el alejamiento del cargo, vía licencia indefinida sin goce de haberes, hasta que su caso sea resuelto en la justicia”.
“En el caso que el proceso -judicial- determine una sanción, debe procederse a la revocatoria de mandato y a una nueva elección popular para evitar que en el proceso de ejecutoria se interpongan recursos que dilaten por años la sanción”, resume la propuesta.
Fuente: La Paz, 1 (ABCP-ANP) –
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