El Derecho a "ser niño" y el deber de ser "adultos responsables"
12 abr 2013
Por: Carmen Miranda Vargas
"Todo niño o niña siempre puede enseñarnos tres cosas a los adultos: a ponerse contento sin motivo, a estar siempre ocupado con algo y a saber exigir con todas sus fuerzas aquello que desea".
Siendo una etapa tan especial en la que aflora la alegría, la franqueza y la intuición no podemos tratarlos como incapaces o ignorantes, debemos respetar los dones naturales que Dios ha puesto en ellos. Es preciso destacar que de acuerdo al derecho positivo, Convención Mundial del Niño y específicamente el código Niño, Niña Adolescente vigente "se es niño desde la concepción hasta los doce años y adolescente hasta cumplir los dieciocho", lo que implica derechos exclusivos y tratamiento legal especial.
Hemos sido testigos de declaraciones desatinadas de autoridades que dicen se debe "poblar el país", sin tomar en cuenta que en Bolivia hay cientos de niños abandonados por padres irresponsables, discriminados por la sociedad y olvidados por el Estado, lo que debe llevarnos a analizar y reflexionar sobre la necesidad de ser adultos responsables.
Adultos padres: Dentro la familia nuclear, planteamos tres derechos invisibilizados por la sociedad: el Derecho a la Identidad: Entendido No solo como el darle un apellido sino enseñarle cada día a amar y respetar a su padre y a su madre porque solo así garantizaremos el desarrollo integral del niño o niña. El Derecho a una Asistencia Familiar Digna; más allá de tratarse de un monto económico, o cumplir una obligación, la Asistencia Familiar es una oportunidad de reivindicarnos como padres. Si por negligencia o venganza se espera la coerción no se daña a la madre, se daña al niño o niña. El Derecho a vivir en Armonía Dentro Del Hogar: Muchos niños y niñas viven diariamente la sensación que en cualquier momento su hogar, va a explotar. Ellos crecen sintiéndose culpables, sin tener culpa alguna. Cuán egoístas somos y cuán ciegos ante el sufrimiento de nuestros hijos e hijas.
Adultos sociedad: En la familia extendida del padre o de la madre, muchas veces en el afán de proteger a su allegado: aconsejan, accionan e interfieren, por ejemplo, poniendo en duda o negando la filiación; influyendo negativamente en la asignación de la Asistencia Familiar; rompiendo arbitrariamente el binomio madre-niño o niña, lo que hoy está penalizado por la Ley Integral contra la Violencia, u oponiéndose a las visitas del padre y/o la madre ocasionando fracturas físicas y/o emocionales con daños permanentes e irreversibles en los niños y niñas.
Evidentemente existen situaciones extremas que son causales para la pérdida de paternidad o maternidad, que deben sustentarse dentro de un proceso judicial y obtener una sentencia, más en el común de los casos no se puede privar al padre, a la madre, ni a los niños o niñas de la convivencia familiar. También entran en esta categoría otros miembros de la sociedad vecinos, amigos en quienes prima la indiferencia u omisión pretendiendo no involucrarse a fin de evitarse problemas.
Adulto institucional: Siendo la competencia directa de atención del Sedeges y las Defensorías de la Niñez, asumiendo que no podemos generalizar el desempeño de los funcionarios aún vemos en las audiencias en las que intervienen en representación estatal a favor de los niños y niñas su única y habitual expresión: "me adhiero a lo manifestado por el Sr. Fiscal) mostrando una total carencia de especialidad e interés en su trabajo de defender los intereses y derechos de los niños y niñas.
Adulto autoridad: Particularmente nos referimos al desempeño de operadores y administradores de justicia que si bien conocen la ley como el artículo 60 de la Constitución Política del Estado, que establece: "la prioridad del interés superior del niño o niña que comprende la preeminencia de sus derechos, la primacía en recibir protección y socorro en cualquier circunstancia, la prioridad en la atención en los servicios públicos y el acceso a una administración de justicia pronta, oportuna y con asistencia de personal especializado", en la mayoría de los casos ni practican, ni respetan dichos principios que sólo quedan en enunciados sugestivos.
Con esta reflexión a partir de este día, no nos olvidemos que como padres, madres, familia extendida, vecinos, amigos, funcionarios de instituciones, autoridades y potenciales futuros candidatos; tenemos el deber de respetar el "derecho a ser niño o niña" y la obligación de actuar como "adultos responsables", para dejar de ser una sociedad con doble moral y valorar en su verdadera dimensión el regalo más grande que Dios, nos ha dado Nuestros Niños Y Niñas.
(*) Asesora Legal Foro Ciudadano Amupei "E.B.A."
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