Sábado 23 de febrero de 2013
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Oruro - Regional
Según la Constitución Política
Administrar un aeropuerto es competencia privativa del nivel central del Estado
23 feb 2013
Fuente: LA PATRIA
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La administración del patrimonio del Estado Plurinacional y de las entidades públicas del nivel central del Estado, además del Control del espacio y tránsito aéreo, en todo el territorio nacional, la construcción, mantenimiento y administración de aeropuertos internacionales y de tráfico interdepartamental, son competencias privativas, entre otras, del nivel central del Estado, según expresa el artículo 298 de la Constitución Política del Estado, por lo que los asambleístas departamentales habrían usurpado funciones, al cambiar de nombre el aeropuerto de Oruro, de Juan Mendoza a Juan Evo Morales.
Esta aseveración, la hizo el orureño Enrique Tribeño Ortiz, administrador de empresas y master trainer de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) a nivel Latinoamérica quien en visita a LA PATRIA, señaló también que el cambiar el nombre del aeropuerto de Juan Mendoza a Juan Evo Morales podría tener consecuencias penales para los asambleístas.
“Puedo concluir en esta parte diciendo que la Asamblea Departamental usurpó funciones ya que en la Constitución Política del Estado claramente indica que es competencia del Gobierno central, entonces amparado en la ley del Tribunal Constitucional y principalmente en el Código de Proceso Constitucional debería hacerse un reclamo, un proceso ante el Tribunal Constitucional para que ellos revisen y determinen si la ley sacada para el nombre es o no constitucional, entonces no tenemos necesidad de pelearnos entre orureños”, sostuvo.
Fuente: LA PATRIA