Jueves 20 de diciembre de 2012
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LA ESCRITURA PÚBLICA DE CONSTITUCIÓN DE LA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA CON LA DENOMINACIÓN DE “EMPRESA DE LOGÍSTICA EN INGENIERÍA Y TRANSPORTE S.R.L.”, con la sigla “ELIT S.R.L.”, QUE SUSCRIBEN LOS SEÑORES JUAN JOSÉ RICARDO LEMAITRE MENDOZA, RICARDO ANDRÉS JOAQUÍN LEMAITRE BAILEY Y PABLO FREDDY RODRÍGUEZ LAFUENTE, CON EL CAPITAL SOCIAL DE Bs. 100.000,00.─
En la ciudad de Cochabamba, Estado Plurinacional de Bolivia, a horas once con cuarenta minutos del día de hoy martes, trece de noviembre del año dos mil doce, ante mí, Dra. Liliana Rubí Amas, Abogada, Notaría de Fe Pública de Primera Clase No 28, con residencia fija en la Capital y testigos que al final se nombran y suscriben, comparecieron los señores: JUAN JOSÉ RICARDO LEMAITRE MENDOZA, con Cédula de Identidad No. 969871 expedido en Cochabamba, casado, estudiante, domiciliado en calle Enrique Arze No. 2315, zona Cala Cala de ésta ciudad; RICARDO ANDRÉS JOAQUÍN LEMAITRE BAILEY, con Cédula de Identidad No. 6495032 expedido en Cochabamba, soltero, estudiante, domiciliado en Pasaje Uyuni No. 80 de ésta ciudad; y PABLO FREDDY RODRÍGUEZ LAFUENTE, con Cédula de Identidad No. 4405291 expedido en Cochabamba, soltero, estudiante, domiciliado en calle H. de Boquerón No. 1025 de ésta ciudad; todos mayores de edad, hábiles por ley, a quienes luego de haberlos identificado DOY FE y dijeron: Que suscriben la presente Escritura Pública de Constitución de la Sociedad de Responsabilidad Limitada con la denominación de “Empresa de Logística en Ingeniería y Transporte S.R.L.”, con la sigla “ELIT S.R.L.”, todo conforme a la minuta que para este otorgamiento se me ha entregado, la misma que transcrita literalmente como base fundamental del contrato y en cumplimiento al artículo veintitrés de la Ley del Notariado, es del tenor que sigue: SEÑOR NOTARIO DE FE PÚBLICA.- En los registros de Escrituras Públicas corren a su cargo, dígnese usted insertar una constitución de Sociedad de Responsabilidad Limitada, al tenor de las cláusulas y condiciones siguientes:.-- PRIMERA. (Socios y Constitución).- Dirá Ud. Señor Notario que nosotros: Juan José Ricardo Lemaitre Mendoza, mayor de edad, hábil por ley, de nacionalidad Boliviano, estado civil Casado, profesión Comerciante, domiciliado en Av. Hernán Siles 3348 de Cochabamba zona norte, titular de la Cédula de Identidad Nro. 969871 expedido en Cbba.; Ricardo Andrés Joaquín Lemaitre Bailey, mayor de edad, hábil por ley de nacionalidad Boliviana, estado civil Soltero, ocupación Estudiante, domiciliado en Av. Hernán Siles 3348 de Cochabamba zona norte, titular de la Cédula de Identidad Nro. 6495032 expedido en Cbba.; Pablo Freddy Rodríguez Lafuente, mayor de edad, hábil por ley, de nacionalidad Boliviano, Estado Civil Soltero, Profesión Estudiante, domiciliado en calle Héroes de Boquerón N° 1625 zona Las Cuadras, Titular de la Cédula de Identidad Nro. 4405291 Cbba.; hemos resuelto constituir a la fecha una Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada, que se desenvolverá de acuerdo a las disposiciones del Código de Comercio y al presente contrato social.-- SEGUNDA. (Razón Social y Domicilio).- La sociedad girará bajo la denominación de EMPRESA DE LOGÍSTICA EN INGENIERÍA Y TRANSPORTE S.R.L., bajo la sigla ELIT S.R.L.; la Sociedad tendrá su domicilio en el departamento de Cbba. Estado Plurinacional de Bolivía, sin perjuicio de poder establecer sucursales, agencias y representaciones dentro el país o el exterior.-- TERCERA. (Objeto).- El objeto de la sociedad será proporcionar servicios de Consultoría y Asesoría Multidisciplinaria en las áreas Financieras, Contables y Tributarias.- De la misma manera, podrá prestar los servicios requeridos en los términos de Asesoría, Consultoría y Dirección, en las áreas de Ingeniería Electromecánica, Ingeniería Mecánica, Ingeniería Industrial e Ingeniería Petrolera.- Consultoría, Trámites y Asesoramiento en procedimientos de Escoltas y Medios Logísticos dentro de los procesos de Transporte de Carga y Cargas Especiales (Minerales Metálicos y No Metálicos, Productos Químicos e Hidrocarburos en todos sus Estados).- El objeto de la sociedad, podrá prestar de manera Directa y/o Intermediaría estos servicios y se encuentra diseñado para participar y ser considerado en cualquier Proyecto relacionado a estas áreas de manera No limitativa, ante cualquier convocatoria, sea ésta de naturaleza Pública, Privada, Nacional e Internacional.-- CUARTA. (Del Capital).- El capital de la Sociedad es de 100.000,00 Bs. (Cien Mil Bolivianos) dividido en 100 cuotas de capital con un valor Nominal de 1000 Bolivianos cada una, íntegramente aportados y pagados en moneda de curso legal y que corresponde a los socios en la proporción siguiente al cuadro de composición: