Jueves 20 de diciembre de 2012
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Bolivia - Nacional
Entra en rigor clausura de negocios que no dan factura
20 dic 2012
Fuente: La Paz, 19 (ANF).-
El Servicio de Impuestos Nacionales (SIN), informó que en cumplimiento a la Ley 317 o Ley Financial entra en vigencia la clausura inmediata a los negocios que no emitan factura y de forma definitiva cuando éstos reincidan por quinta vez, mientras que para la liquidación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) por la compra de gasolina o diesel computará únicamente el 70 por ciento sobre el Crédito Fiscal del valor de la compra.
También regirán las sanciones por la inscripción en un régimen tributario distinto al que le corresponda al contribuyente, denominado “negocios encubiertos” en la jerga del SIN. Las otras actividades penalizadas son la emisión de facturas sin hecho generador, la alteración de facturas y el término de prescripción están consignadas en la Ley 317.
El SIN explica que la “no emisión de la factura” por la venta de un bien o por la prestación de un servicio en una primera intervención será sujeta a la clausura del negocio por seis días, la segunda vez por 12 días, la tercera por 24 días, la cuarta por 48 días y la quinta vez será clausurada de manera definitiva.
Fuente: La Paz, 19 (ANF).-