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Lunes 10 de diciembre de 2012

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Lunes 10 de diciembre de 2012
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En Bolivia 14.928 personas tienen distintos tipos de cáncer
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OEA en ocasión del Día Internacional Contra la Corrupción convoca a combatirla
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Carlos Miranda califica a la petroquímica como la “Gran tragicomedia nacional”
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EDICTO
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Varios
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Vehículos
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Casas y lotes
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Editorial
El problema del parqueo de vehículos
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Picadas
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LA PALABRA ENCARNADA
Un verdadero sacrificio digno de imitar
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ALGO MÁS QUE PALABRAS
El peligroso terreno de las desigualdades
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LO QUE NO DEBEMOS CALLAR
Los Cedeim y el tema tributario
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¿Es o no es verdad?
Reventó el pus de la corrupción
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Libertad de expresión
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En el penal de San Pedro
Segip entregó cédulas de identidad a privados de libertad
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Un siglo para un nuevo amanecer
Procesión inicia festejos del centenario del Hogar “La Sagrada Familia”
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Según organizadores
Última feria productiva reunió a más de cien expositores
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Se realiza hoy en el Club Oruro
Dos personas y cinco instituciones son candidatos al Premio de Sobriedad
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Habitantes deben propiciar desarrollo productivo con responsabilidad ambiental
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Operadores de justicia son capacitados sobre ley de procedimiento ambiental
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Discapacitados solucionan problema de registro para cobrar su bono
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Considerado como muy bajo
En Oruro cada persona consume al año un kilo y medio de pescado
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Los perjudicados son los vecinos
Conflicto de líneas no tiene solución por posiciones encontradas de operadores
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Hasta el 15 de este mes
Concejo hará cumbre distrital para tratar fase inicial de Carta Orgánica
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COD asegura que no permitirá cooperativización de Mallku Khota
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Asambleísta: Se planteará demanda internacional por auditoría ambiental
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Unior lanza curso on-line en temas dentales con docentes extranjeros
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Trabajadores de la prensa ratifican independencia política e ideológica
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En “Un Cachito de Humor “
Oruro gozó del humor de Cacho Mendieta junto al elenco de Espuac
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SOCIALES
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Amparo Leny Cuba concertista que lleva la música en la sangre
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En la Casa Municipal de Cultura
Sonk’o Wairas mostró en concierto la ritualidad y la música de los Andes
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Teatro “Tabú” invita a actores y actrices a formar parte de su elenco
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HORÓSCOPO
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Elevan a 540 los muertos y a 827 los desaparecidos por “Bopha” en Filipinas
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Parlamento autoriza a Chávez ausentarse de Venezuela para operarse en Cuba
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Presidente del Parlamento Europeo
Schulz: Solidaridad y unidad son la mejor fórmula para salir de la crisis
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Presidenta argentina cumple complicado primer año de su segundo mandato
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Benedicto XVI expresa su preocupación por la emigración y la pobreza en América
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Invitación Necrológica
Lic. VLADIMIR FREDDY LAFUENTE CASTELLÓN (Q. E. P. D.)
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La gasolina en el país tiene gran peso en el PIB per cápita
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Oposición pide a Nardi Suxo que “limpie” la corrupción
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Según el Gobierno no hay motivo para la subida del precio del pan
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ATT descarta que el país esté en riesgo de quedar sin servicios de Internet
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Restaurantes de pollo figuran entre explotadores de menores
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Bancada del MAS respalda depuración de funcionarios corruptos en Órgano Ejecutivo
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Edictos

EDICTO

10 dic 2012

Fuente: LA PATRIA

QUE DIRIGE LA DRA. MIRIAM TERESA TAPIA HEREDIA, JUEZ DE PARTIDO SEPTIMO EN LO CIVIL (DE LA CAPITAL, ORURO – BOLIVIA), EN CUANTO LA LEY LE FACULTA:

El presente EDICTO DE LEY, se cita, se llama y emplaza a los posibles propietarios y presuntos herederos JOSE OVANDO SAAVEDRA, ISAAC FELIPE OVANDO SAAVEDRA, GERMAN OVANDO SAAVEDRA, CARLOS SIMON OVANDO SAAVEDRA, a objeto de que se apersonarse a este despacho judicial y asuman defensa dentro el plazo establecido por ley dentro el proceso de usucapión quinquenal u ordinaria seguido por Manuel Manzaneda Mamani contra José Ovando Saavedra, y Personas desconocidas que tuvieran acciones y/o derecho sobre el bien inmueble sito en la calle Juan Lechín Oquendo Nº 351 entre Severo Durán y Campo Jordán de esta ciudad de Oruro.- A cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley.- MEMORIAL QUE CURSA A FOJAS CUARENTA A CUARENTA Y DOS DE OBRADOS.- SEÑOR JUEZ DE PARTIDO DE TURNO EN LO CIVIL Y COMERCIAL.- DEMANDA USUCAPION DECENAL O EXTRAORINARIA.- OTROSÍES.- Por medio de este escrito con fundamento en los artículos 87, 110, 133 y demás relativos del Código Civil, interpongo demanda de USUCAPION DECENAL O EXTRAORDINARIA en contra de JOSE OVANDO SAAVEDRA, ISAAC FELIPE OVANDO SAAVEDRA, SEVERO GERMAN OVANDO SAAVEDRA, CARLOS SIMON OVANDO SAAVEDRA y PERSONAS DESCONOCIDAS QUE TUVIERAN ACCIONES Y/O DERECHOS SOBRE EL BIEN INMUEBLE SITO EN LA CALLE JUAN LECHIN OQUENDO Nº 351 ENTRE SEVERO DURAN Y CAMPO JORDAN DE ESTA CIUDAD DE ORURO, fundado en los hechos y consideraciones de orden legal que a continuación se exponen: HECHOS: 1. Por “DOCUMENTO PRIVADO DE TRANSFERENCIA DE BIEN INMUEBLE” de Oruro, 23 de abril de 1987, contenido en el papel sellado Nº 1710152 Serie “A”-86, que se encuentra debidamente reconocidas sus firmas y rúbricas por ante el Dr. Moisés Gordillo Vizcarra (Juez de Mínima Cuantía), el señor José Ovando Saavedra transfiere a mi persona y a mi esposa la que en vida fue Lorenza Mamani de Manzaneda el bien inmueble que al presente pretendo usucapir al siguiente tenor: “PRIMERA.- Yo JOSE OVANDO SAAVEDRA, natural de Oruro, casado, con C. de Identidad Nº 187412, conjuntamente con mis hermanos: ISAAC FELIPE, SEVERO GERMAN y CARLOS SIMON OVANDO SAAVEDRA. Somos herederos forzosos al fallecimiento de nuestros padres: PAULINO OVANDO SOTO y JUSTINA SAAVEDRA DE OVANDO, quienes eran propietarios de un inmueble ubicado en la Ciudadela “San José” Nº 352, con 300 metros cuadrados (300 Ms2). SEGUNDA.- Al presente, por convenir a nuestros intereses, de manera libre y voluntaria, cedemos nuestras acciones y derechos a favor de los esposos. MANUEL MANZANEDA MAMANI Y LORENZA MAMANI DE MANZANEDA, por la suma recibida y cancelada de Tres mil trescientos Dólares Americanos ($us. 3.300.-). Como vendedores de buena fe, salimos a las garantías de evicción y saneamiento de ley”. 2.- El bien inmueble que a la fecha de la firma del mencionado documento de transferencia tenía los siguientes datos ubicado en la Ciudadela “San José” Nº 352 con 300.oo metros cuadrados (300 mts2), los mismos que se consignaron en dicho documento; y en registro de Catastro Urbano dependiente del Gobierno Autónomo Municipal de Oruro, se encuentre registrado con los siguientes datos: “Código Catastral. 13-U11-06, registrado a nombre de Paulino Ovando Soto, ubicado en la Ciudadela Minera “San José”, vivienda Nº 351, con una superficie total de 300.oo m2, de un frente de 20.oo ml hacia la calle Juan Lechín Oquendo, contra frente de 15.oo ml hacia la calle Severo Durán, colindancias al norte con la calle Severo Durán, al Sud con parque infantil, al Este con la calle Juan Lechín Oquendo, al Oeste con la propiedad de Carlos Martínez. AL PRESENTE, ESTE MI BIEN INMUEBLE TIENE LOS SIGUIENTES DATOS TECNICOS ACTUALIZADOS, ubicado en la CALLE: Juan Lechín Oquendo Nº 351 entre Severo Durán y Campo Jordán, ZONA: Noroeste, DISTRITO: 2. CIUDAD: Oruro, de FRENTE: 13.25 metros lineales, de FONDO: 15.00 metros lineales, haciendo una SUPERFICIE TOTAL: 198.75 metros cuadrados; colindando al NORTE con la calle Severo Durán, al SUD con el bien inmueble de Ramiro Carlos Condarco Molina, al ESTE con la calle Juan Lechín Oquendo, al OESTE con el bien inmueble de José Antonio Rodríguez Quiroz, tal y como consta en el plano demostrativo que se acompaña. 3 Poseo el indicado bien inmueble por 24 años y 11 meses ya que desde el día de la firma del “DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA DE BIEN INMUEBLE”, que fue el 23 de abril de 1987, junto a mis esposa e hijos entré a ocupar y poseer el indicado bien inmueble, al mismo tiempo de iniciar actos de dominio a título de dueño. Los actos de dominio que he efectuado en el bien inmueble les consta a mis vecinos de la zona en que se encuentra ubicado el bien inmueble, puesto que he construido sobre el mismo y he realizado los trabajos necesarios para su conservación y hago el pago por concepto de los servicios de luz, agua potable, tasa y servicios; además del pago de los impuestos anuales municipales, como los justifico con los recibos correspondientes; y nunca fui perturbado y mucho menos desposeído por persona alguna o acto judicial o administrativo alguno. 4. La posesión que tengo del bien inmueble y cuya identificación precisé en el hecho número uno de este memorial de demanda, cuenta con los atributos de ser pública, pacífica, continua, fundada en justo título y de buena fe, además de los requisitos del corpus y el animus, todo lo cual les consta a los vecinos del lugar en que se encuentra ubicada, quienes se ha percatado de que en ella ejecuto actos de dominio desde la fecha en que entré a poseer pacíficamente, consta también lo anterior a los demandados quienes por razón de ser los que me vendieron se han percatado de las circunstancias sin ejercer algún acto dirigido a interrumpir mi posesión. Proveer de conformidad será justicia. Oruro 20 de marzo de 2011.- Fdo. Abogado.- Fdo. Interesado.- DECRETO QUE CURSA A FOJAS CINCUENTA Y SIETE DE OBRADOS.- A, 27 DE SEPTIEMBRE DE 2012.- Habiendo cumplido con las exigencias y observaciones del caso se providencia el memorial de fs. 40 a 42 como corresponde. Téngase por admitida la anterior demanda respectivamente en todo cuanto hubiera lugar en derecho y al sujetarse la presente causa a procedimiento ordinario a los efectos del art. 345 del Código de Procedimiento Civil. Traslado a JOSE OVANDO SAAVEDREA, ISAAC FELIPE OVANDO SAAVEDRA, GERMAN OVANDO SAAVEDREA, CARLOS SIMON OVANDO SAAVEDRA, y posibles propietarios y presuntos herederos del bien inmueble objeto de autos. En aplicación del art. 131 de la Ley Municipalidades cítese al Gobierno Autónomo Municipal de Oruro en la persona de su representante legal Lic. ROSSIO CAROLINA PIMENTEL FLORES, así como dese intervención a la Unidad de Titulación del Estado Nacional de Vivienda Social (ex FONVIS en Liquidación). Para la citación de los demandados líbrese edictos de ley, previo juramento y suscripción de acta de desconocimiento de domicilio y paradero. Al Otrosí.- Se tiene presente.- Al Otrosí 2do.- Notifíquese al personero legal del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado (SENAPE), al objeto impetrado, para tal efecto expídase orden instruida encomendando su ejecución y cumplimiento a cualquier autoridad hábil y no impedida del Departamento de La Paz. Al Otrosí 4to.- Téngase por ofrecida la prueba literal que se indica con noticia contraria. Al Otrosí 5to. y 6to.- Se tiene presente. Y providenciando al memorial que antecede.- Al Otrosí.- Acumúlese a sus antecedentes con noticia contraria. Fdo. JUEZ.- Fdo. SECRETARIO.- MEMORIAL QUE CURSA FS. 73, SEÑORA JUEZ DE PARTIDO SEPTIMO EN LO CIVIL – COMERCIAL.- MODIFICA LA DEMANDA. OTROSIES.- MANUEL MANZANEDA MAMANI. En autos de usucapión contra José Ovando Saavedra y otros; ante vuestra autoridad respetuoso como mejor haya lugar en derecho digo. Por un lapsus, en mi escrito de demanda (fs. 40-42), en el punto 2 del “PETITORIO”, no se anotó la superficie total del bien inmueble objeto de la usucapión, por lo que no estando contestada la demanda invocando el art. 332 del Cod. Pdto. Civil. Tengo a bien MODIFICAR LA DEMANDA solicitando que en la parte de la demanda arriba señalada se adicione la SUPERFICIE TOTAL del bien inmueble debiendo anotarse: “SUPERFICIE TOTAL 198.75 metros cuadrados” debiendo mantenerse los demás datos incólumes. Petición perfectamente conforme a los art. 24 de la Constitución Política del Estado 24 de la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y demás normas que informa la materia. Fdo. ABOGADO.- Fdo. INTERESADO. DECRETO QUE CURSA A FS. 73 VLTA.- A 17 de octubre de 2012.- Téngase por modificada la demanda de fs. 40-42 se corre en traslado a los demandados José Ovando Saavedra, Isaac Felipe Ovando Saavedra, Germán Ovando Saavedra, Caros Simón Ovando Saavedra y al Gobierno Autónomo Municipal de Oruro representada por la Honorable Alcaldesa Municipal Lic. Rossío Carolina Pimentel Flores. Al Otrosí.- A lo dispuesto en lo principal. Al Otrosí 2º.- Acumúlese a sus antecedentes con noticia contraria y para la notificación del personero legal del Servicio Nacional de Patrimonio del Estado con el memorial de demanda de fs. 40-42, providencia expídase exhorto encomendado su ejecución al Sr. Juez de Partido de Turno en lo Civil de la ciudad. Fdo. Dra. MIRIAM TERESA TAPIA HEREDIA.- JUEZ DE PARTIDO SEPTIMO EN LO CIVIL Y COMERCIAL.- ORURO – BOLIVIA.- FDO. ANTE MI LIC. DANIEL L. AYAVIVIR AYAVIRI.- SECRETARIO – ABOGADO – JUZGADO DE PARTIDO SEPTIMO EN LO CIVIL Y COMERCIAL.- ORURO – BOLIVIA.-

EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS VEINTICUATRO DIAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE AÑOS.- D.S.O.

Dra. Miriam Teresa Tapia Heredia, Juez de Partido 7mo. en lo Civil y Comercial. Oruro – Bolivia.

Ante mí: María Leonor Abasto Saavedra, Secretaria Abogada, Juzgado de Partido Primero en lo Civil del Distrito Judicial de Oruro (En suplencia legal).

Fuente: LA PATRIA
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