El tema del Control Social como contenido de otro anteproyecto de ley que se presentó para su consideración en la instancia parlamentaria, se dice que recoge las sugerencias de más de 300 organizaciones sociales del país que desplazaron a sus representantes para analizar lo que se convertirá en una norma especial que permita a la ciudadanía ejercer un estricto control de la gestión pública.
Por lo menos esa es la idea de quienes quieren endosar una enorme responsabilidad a ciertas personas que, en un momento dado, ejercerán como fiscalizadores de las tareas que están desempeñando funcionarios públicos en diversas instancias del aparato gubernamental, allí donde se hacía muy difícil ejercer mínimamente un control sobre cuentas claras y sistemas de la pesada y burocrática administración pública, pero también de empresas mixtas y privadas que presten servicios básicos y que manejen recursos económicos fiscales.
Por ahí se abre la brecha de discusión en la enorme responsabilidad de aplicar control sobre instituciones del Estado u otras privadas, por la única razón que tienen de manejar fondos del Estado que son los recursos del pueblo. Así en la perspectiva teórica resulta muy interesante la existencia de un instrumento legal que abra las posibilidades de aplicar control fiscalizador en el manejo de la cosa pública.
Por supuesto que el perfil de la norma será objeto de intenso debate a partir de posiciones que ya han sido expresadas y motivan justificadas dudas sobre la aplicación del Control Social, que en ciertos niveles está queriéndose confundir con ejercicio de “movimientos sociales”, aspecto que está fuera de contexto.
El perfil del anteproyecto explica que será un “Consejo Nacional de Control Social” el que maneje los movimientos administrativos institucionales y que estará integrado por dirigentes de los movimientos sociales y se incluirá a presidentes de colegios de profesionales, lo que ya muestra una inequitativa participación “social” que dominará las circunstanciales denuncias que deben encaminarse para su tratamiento por parte de autoridades competentes, incluyendo y no puede ser de otro modo una “recomendación” que podrá o no ser la más adecuada en tiempo y espacio oportuno.
Aquí es necesario exponer algunas posiciones de ciudadanos entendidos en el tema o de otros que sin ser parte del sistema tienen una visión más patética de la intencionalidad de crear un “control social” que ejerza sus funciones con absoluta independencia social pero además garantizando una autonomía política para representar a miles de ciudadanos que a través de ese organismo puedan ver la funcionalidad fiscalizadora, limpia y fuerte sin presiones subalternas de ninguna especie.
Por lo tanto se considera oportuno el rescate de posiciones y sugerencias que surgen en el entorno “social ciudadano” respecto a la aplicación de una norma que debe diferenciar claramente las condiciones entre un control social de beneficio colectivo en defensa del intereses ciudadanos y no del control que puedan ejercer los “movimientos sociales” con sentido sectorial que le reste seriedad y seguridad al objeto de fiscalizar la gestión pública defendiendo los derechos de la mayoría de la población.
Fuente: LA PATRIA
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