Jueves 18 de octubre de 2012
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EL DR. JOSÉ CARLOS MONTOYA C., JUEZ DE PARTIDO PRIMERO EN LO CIVIL DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA.-
Por el presente Edicto: cita, llama y emplaza a: RODOLFO CALIZAYA PERES y EMMA GRACIELA VEIZAGA ZENTENO, para que asuma defensa en el plazo de 30 días computables a partir de la primera publicación, dentro el proceso Ordinario de Aclaración, Rectificación y Adición de datos técnicos de ubicación de Lote seguido por Lourdes Janneth Ledezma Luna, RODOLFO CALIZAYA PERES y EMMA GRACIELA VEIZAGA ZENTENO.- A cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley.- (Síntesis).- MEMORIAL QUE CURSA A FS. 19 A 20.- SEÑOR JUEZ DE PARTIDO DE TURNO EN LO CIVIL DE LA CAPITAL.- DEMANDA DE ACLARACIÓN, RECTIFICACIÓN Y ADICIÓN DE DATOS TÉCNICOS DE UBICACIÓN DE LOTE.- OTROSÍ.- LOURDES JANNETH LEDEZMA LUNA, mayor de edad, soltera, estudiante, C.I. Nº 4053789 Oruro, domicilio Barrio Chancadora, calle Esteban Gascón Nº 743.- Al efectuar la inscripción de mi Testimonio Nº 683/2011 de fecha 7 de abril de 2011 otorgado por el Notario de 1ra. Clase Nº 20 Dr. Guillermo Dávalos Núñez, en la oficina de Derechos Reales, según nota de rechazo de fecha 5 de abril de 2012 no se procedió a su inscripción porque en la Partida Nº 548 del libro de Propiedades Capital de 1986, se evidencia que el inmueble se encuentra registrado a nombre de Rodolfo Calizaya Peres y Sra., y que en la Escritura de transferencia, solo firma Rodolfo Calizaya Peres y no da su consentimiento con la transferencia la esposa; por otro lado no existe coincidencia de los nombres del antecedente dominial y en la partida tampoco se mencionan los nombres y apellidos completos de la esposa sino tan solo “Sra.”, debe existir coincidencia en los datos señalados en la partida, el plano y en la Escritura Pública, así como existe contradicción en los datos técnicos tanto en la partida como el plano.- Interpongo la demanda de aclaración, rectificación y adición de datos técnicos de ubicación de mi lote de terreno, por el correcto conforme al plano demostrativo, informe técnico Nº 1608/11 aprobado por Catastro Urbano dependiente de la H.A.M.O. y certificado de matrimonio; debiendo aclararse y adicionarse el nombre completo de la esposa del Señor Rodolfo Calizaya Peres, de Sra. por el correcto que es Emma Graciela Veizaga Zenteno, conforme el certificado de matrimonio; asimismo debe anularse II romano y adicionarse, Calle Esteban Gascón y Manuel Sagarraga entre Calle Belizario Santiesteban y Octavio Vásquez, Lote Nº 3, Manzano “O”, Distrito 2; también debe rectificarse y adicionarse los datos técnicos: de Superficie total de 185,64 mts2., por el correcto Superficie Real 164,38 m2, de sus características: tiene un frente de 15,68 mts., con un fondo de 11,90 mts, por el correcto: tiene un frente de 12,09 mts., contrafrente de 11,65 mts, un fondo lado Este de 16,66 mts., y contrafondo lado Oeste de 12,66 mts, colindancias, al Norte con la calle sin nombre; al sud con la calle sin nombre; al este con el lote N° 12 y al oeste con el lote N° 14 por el correcto de colindancia al Norte con la calle Manuel Sagarraga: al Sud, con la calle Esteban Gascón; Al Este, con el lote Nº 4 y al Oeste con el lote Nº 2.- Aclaración y adición que debe efectuarse en mi Testimonio Nº 683/2001 de fecha 7 de abril de 2011; así como en el Testimonio Nº 1665/84 de fecha 29 de mayo de 1984 de su antecedente dominial, y Notaría de Fe Pública de 1ra. Clase Nº 20 del Dr. Guillermo Dávalos N., y Notaria Municipal de la H.A.M.O.; Y que en sentencia se haga la aclaración y adición en Derechos Reales y correspondiente inscripción de la misma; para cuyo efecto se libre la Ejecutorial de Ley.- Interpongo la acción contra RODOLFO CALIZAYA PERES Y EMMA GRACIELA VEIZAGA ZENTENO, mayores de edad, casados, domicilio desconocido y hábiles por derecho.- Otrosí 1ro.- Pido que la citación se efectúe mediante Edicto. Otrosí 2do.- Adjunto prueba.- Otrosí 3ro.- Señalo domicilio La Plata Nº 1341 Of. 4 Ayacucho y Junín.- Oruro, 28 de junio de 2012.- Fdo. Víctor Chungara Cruz, Abogado.- Fdo. Interesada.- DECRETO QUE CURSA A FS. 21.- Oruro, 30 de julio de 2012.- Téngase por admitida la demanda de fs. 19 – 20, en todo cuanto hubiere lugar en derecho y se corre.- TRASLADO personal a: RODOLFO CALIZAYA PERES Y EMMA GRACIELA VEIZAGA ZENTENO para que citados emplazados contesten a efectos del Art. 345 del C.P.C. Al Otrosí 1ro.- Con carácter previo al libramiento del edicto de ley se dispone la notificación al Tribunal Electoral Departamental de Oruro, a objeto que expida una certificación del domicilio y datos con la que están registrados en el Padrón Biométrico. Al otrosí 2do.- Por Adjunto prueba.- Al Otrosí 3ro.- Por señalado el domicilio.- Fdo. José Carlos Montoya C. Juez.- Fdo. María Leonor Abasto Saavedra, Secretaria Abogada.- MEMORIAL QUE CURSA A FS. 26.- SEÑOR JUEZ DE PARTIDO PRIMERO EN LO CIVIL.- DEVUELVE CERTIFICACIÓN.- OTROSÍ.- LOURDES JANNETH LEDEZMA LUNA en la demanda de ACLARACIÓN RECTIFICACIÓN Y ADICIÓN DE DATOS TÉCNCIOS DE UBICACIÓN DE LOTE que sigo en contra de RODOLFO CALIZAYA PERES Y OTRA.- Devuelvo certificación del Padrón Electoral Biométrico obtenido conforme a decreto de 30 de julio de 2012.- Otrosí 1ro.- Se libre edicto de ley.- Justicia.- Fdo. Víctor Chungara Cruz. Abogado.- Fdo. Interesada.- DECRETO QUE CURSA A FS. 27.- Oruro, 11 de septiembre de 2012.- En mérito a lo expuesto en el memorial que antecede, se tiene por adjunta la certificación. Al Otrosí 1ro.- Líbrese el correspondiente edicto de ley, a objeto de citar y emplazar a RODOLFO CALIZAYA PERES Y EMMA GRACIELA VEIZAGA ZENTENO, previo juramento de desconocimiento de domicilio. Fdo. José Carlos Montoya C., Juez.- Fdo. María Leonor Abasto Saavedra, Secretaria Abogada.- CORRE DILIGENCIA DE NOTIFICACIONES QUE CORRESPONDE.- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS OCHO DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DE DOS MIL DOCE AÑOS.-