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Cuidemos a los animales, tienen sus propios derechos - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
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Jueves 18 de octubre de 2012

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Ecológico Kiswara

Cuidemos a los animales, tienen sus propios derechos

18 oct 2012

Fuente: LA PATRIA

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Dios creó a las especies para que estas sean respetadas, actitud que debería ser sobrellevada por el hombre por tener un mayor grado de evolución, sin embargo, aquel hecho no ocurre, quizás por desconocimiento o falta de educación. Ante ese hecho es necesario recordar que los animalitos tienen sus propios derechos y es obligación nuestra cuidarlos.

En 1977 la Organización de las Naciones Unidas (ONU) y la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (Unesco) establecieron la Declaración Universal de los Derechos de los Animales, que contiene 14 artículos. En el primero señala: “Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia”.

“a) Todo animal tiene derecho al respeto. b) El hombre, en tanto que especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o explotarlos violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales. c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a cuidados y a la protección del hombre” se indicó en el artículo dos.

Asimismo se aseguró en el artículo tres de la declaración: “a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles. b) Si es necesaria la muerte de un animal. Esta deberá ser instantánea, indolora y no generadora de angustia”.

“a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje, tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse. b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos es contraria a este derecho”, se determinó en el cuarto artículo.

En el quinto artículo se establece que todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre, tiene derecho a vivir y a crecer al ritmo y en las condiciones de vida y libertad que sean propias de su especie.

“Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural. El abandono de un animal es cruel y degradante”, se dijo en el artículo seis.

También se indicó que todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo. Asimismo, la experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, se manifestó en los artículos siete y ocho.

“Cuando un animal es criado para la alimentación, debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que de ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor. Ningún animal debe ser explotado para el esparcimiento del hombre”, se dijo en los artículos nueve y diez.

En los restantes artículos se señala que la muerte de un animal sin necesidad está considerado como biocidio, mientras que la muerte de varios animales es considerado un genocidio. La muerte de un animal deber ser tratado con respeto; mientras que las escenas de violencia en contra de animales deben ser prohibidas en el cine y la televisión.

Los organismos de salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental y sus derechos deben ser defendidos por la ley.

Fuente: LA PATRIA
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