Tratamos este tema, a propósito del primer año de vigencia del denominado Nuevo Órgano Judicial, en razón de que un 16 de octubre del pasado año 2011 la población boliviana se advino a un proceso de elección de los componentes de dicho estamento jurisdiccional, en la pretensión de que la Justicia podría sufrir cambios positivos, porque así fue la demanda de un gran porcentaje de los bolivianos en una suerte de “normalización institucional” tendente a la democratización de la justicia.
Decimos “democratización de la justicia”, en virtud a que el Poder Judicial estaba sujeto al parcelamiento partidario, y obviamente degeneraba en el sometimiento al poder político, antes que a la Constitución y las Leyes de la República, cuyo origen era el Parlamento Nacional, desde donde se impartían órdenes a casi todos los magistrados (aquí es pertinente establecer las excepciones, que no fueron muchas sino pocas, que no se sometían al poder político, pese al origen de sus nombramientos). La experiencia nos demuestra que la justicia respondió a las distintas concepciones políticas que sustentaron los gobiernos.
El Derecho no es “sólo un conjunto normativo” como lo entendió el régimen liberal, no se agota en la normocracia, no es solamente la Ley. El Derecho en nuestro caso, debe responder a los valores jurídicos: Justicia y Libertad, en el marco de un Estado democrático, humanista y personalista. El Derecho debe reencauzarse para ir al encuentro de los objetivos de la comunidad política, sirviendo a los intereses nacionales.
El Derecho así compatibilizado con los fines permanentes de la comunidad y no con los fines accidentales de los regímenes políticos recupera su razón de ser y justifica su entidad como “Derecho Nacional”.
El Derecho, al dar respuesta a las pretensiones del racionalismo jurídico y a las mutaciones políticas, se torna complejo en cantidad y calidad. El crecimiento cuantitativo de las normas es un hecho incontrastable, que hace imposible materialmente que justiciables, abogados y el mismo Juez conozcan el Derecho.
Ahora bien, reconozcamos que el tránsito del Estado abstencionista al Estado intervencionista produce una “nueva transformación del Estado”. Esta transformación influye en los contenidos y en el volumen del Derecho. El cambio en la concepción política (de neoliberal a intervencionista) del Estado genera un cambio en el Derecho. El Derecho del intervencionismo sustituye al régimen jurídico liberal. El Derecho se erige en “protector del Estado”, otorgándole prerrogativas, privilegios y potestades, con olvido de garantías, libertades y seguridades, en detrimento del individuo y de la sociedad, que es lo que está ocurriendo en el Estado Plurinacional de Bolivia, cosa que nos parece no admisible de acuerdo inclusive a lo determinado en la Constitución Política que hoy nos rige.
Por eso es que sostenemos la tesis de que el Derecho debe explicitar con sencillez y estabilidad el lenguaje de las relaciones sociales entre los individuos y facilitar el diálogo entre autoridad y libertad. Parece que los depositarios del poder no han comprendido estos conceptos, y por ello es que nos parece ilógico pretender que la justicia fuera mejor hoy que antes.
La justicia desafía el ritualismo procesal. La complejidad jurídica requiere ser superada para restablecer el papel institucional del Poder Judicial en un régimen político democrático que se traduce en la independencia de este órgano del Estado, de modo que se obtenga precisamente lo que se buscaba: Democratizar la Justicia. Ojalá se escuche este criterio por los abogados que rodean al Presidente Morales.
El ejercicio del poder corrompe y su sometimiento degrada
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