Viernes 14 de septiembre de 2012

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LOS DOCTORES NICOLAS FRANCO MONTALVO (PRESIDENTE) Y GERMAN LOPEZ FLORES (JUEZ TECNICO) DEL TRIBUNAL DE SENTENCIA PENAL No. 1 DE LA CAPITAL (ORURO - BOLIVIA), EN ESTRICTA OBSERVANCIA DEL ARTICULO 165 DEL CODIGO DE PROCEDIMIENTO PENAL:
Por el presente Edicto se notifica a la acusada MARCELINA FELICIDAD MERCADO MORALES, con el decreto de radicatoria del 19 de julio de 2012 cursante a fs. 54 de obrados dentro el proceso penal que le sigue el ministerio Público y la acusación particular en contra de Marcelina Felicidad Mercado Morales por el presunto delito de MANIPULACION INFORMATICA Y SUPRESION 0 DESTRUCCION DE DOCUMENTO tipificado y sancionado por los Arts. 363 (Bis) y 220 del Código Penal, el presente Edicto es librado en cumplimiento al proveído de fecha 31 de agosto de 2012 cursante a fs. 57 vita. de obrados. A cuyo efecto se transcribe el siguiente actuado de ley.-- RADICATORIA QUE CURSA A FS. 54 DE OBRADOS.-- A, 19 de junio de 2012- La remisión del cuaderno de actuados procesales en fs. 52 útiles, de conformidad con los arts. 340 y 341 ambos del C.P.P. Se dispone la RADICATORIA de la causa penal con IANUS No. 401199201009266 ante este Tribunal de Sentencia Penal No. 1, la Acusación Pública interpuesta y presentada el día lunes 18 de junio del 2012 (según cargo de fs. 53) por la Sra. Fiscal de Materia Dra. Ava Julieta García Arequipa, en representación del Ministerio Público en contra de MARCELINA FELICIDAD MERCADO MORALES; por la presunta comisión del delito de "Manipulación Informática" previsto y sancionado en el Art. 363 bis del Código Penal.-- Disponiéndose que la parte querellante Abdón Vega Fiesta en representación de la Cooperativa de Ahorro y Crédito Abierta "Asunción" Ltda. Así como la acusada sean notificados en su domicilio real que tienen señalado dentro el presente caso, debiendo a ese efecto observarse lo previsto por el Art. 163 del C.P.P. en vigencia.-- Empero para las notificaciones de la acusada Marcelina Felicidad Mercado Morales líbrese EDICTOS sin perjuicio de ser notificada en su domicilio real o lugar de residencia.- En aplicación del Art. 52 del C.P.P. se elige como presidente al Sr. Juez Técnico Dr. Nicolás Franco Montalvo.-- Fdo. Dr. Nicolás Franco Montalvo, Presidente del Tribunal de Sentencia Penal No. 1 (Oruro-Bolivia).-- Fdo. Dr. Germán López Flores, Juez técnico del Tribunal de Sentencia Penal No. 1 (Oruro-Bolivia).-- Fdo. Ante mi Dr. Omar Urbano Mollo Marca Secretario del tribunal de Sentencia Penal No. 1 (Oruro-Bolivia).--- PROVEIDO QUE CURSA A FS. 57 VLTA. DE OBRADOS. A 31 de agosto del 2012.- Como se solicita. AL OTROSI: A conocimiento de la acusación particular. AL OTROSÍ 1o; Por señalado.-- Fdo. Dr. Nicolás Franco Montalvo, Presidente del Tribunal de Sentencia Penal No. 1 (Oruro- Bolivia).-- Fdo. Dr. Germán López Flores, Juez técnico del tribunal de Sentencia Penal No. 1 (Oruro-Bolivia).-- Fdo. Ante mí Dr. Omar Urbano Mollo Marca Secretario del tribunal de Sentencia Penal No. 1 (Oruro-Bolivia).--- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS CINCO DIAS DEL MES DE SEPTIEMBRE DE DOS MIL DOCE AÑOS. D.S.O.
Fuente: LA PATRIA