Lunes 03 de septiembre de 2012
ver hoy
EL DOCTOR RICARDO E. FLORES CARVAJAL, JUEZ DE PARTIDO TERCERO EN LO CIVIL DE LA CAPITAL (ORURO – BOLIVIA), POR CUANTO LA LEY LE FACULTA.-
Por el presente Edicto de Ley se cita y emplaza a la señora VICTORIA MOLLO PACO, a objeto de que por sí o mediante apoderado asuma defensa dentro del proceso de COMPLEMENTACIÓN DE DATOS TÉCNICOS, seguido por OSVALDO CHOQUE MOLLO, a cuyo efecto se transcriben los siguientes actuados de ley.- MEMORIAL DE FS. 10-10 VLTA. AMPLIADA POR FS. 21 DE OBRADOS (SÍNTESIS).- OSVALDO CHOQUE MOLLO, mayor de edad, con C.I. 2754876 Or., hábil a los efectos de ley, presentándome ante Ud. Con respeto expongo y solicito. De la observación emitida por derechos Reales se puede evidenciar que nos encuentra consignada la ubicación exacta del bien inmueble descrito en el testimonio Nº 239/2010 extendido por la Notaria de Primera Clase Nº 13, por lo que solicito a su digna probidad se proceda a la COMPLEMENTACIÓN de la ubicación exacta de mi bien inmueble en aplicación de los Arts. 1543, 1546, 1550 y 1551; del Código Civil sea en la matrícula Nº 4.01.1.02.0002390 y en el Testimonio Nº 2369/2010 la presente demanda la dirijo en contra de las señoras SARA NOGALES VALLEJOS DE REYES, con C.I. 2743109 Or., y VICTORIA MOLLO PACO ex propietaria del bien de la cual desconozco su domicilio actual, de conformidad al Art. 124 del Código de Procedimiento Civil, solicito su notificación por EDICTO. Al Otrosí.- Adjunto prueba, Otrosí 1ro.- Recaudos de ley.- Otrosí 2do.- Domicilio procesal.- DECRETO QUE CURSA A FS. 22.- Lleva sello correspondiente.- Oruro, 25 de junio de 2012.- Se tiene presente, habiéndose cumplido con lo dispuesto por la providencia de Fs. 12 de obrados.- Téngase por admitida la presente demanda ampliada por memorial que antecede en todo hubiera lugar en derecho, y al sujetarse la presente causa a procedimiento ordinario, a efectos del art. 345 del Código Adjetivo Civil córrase traslado a las demandadas Sra. Nogales Vallejos de Reyes, Victoria Mollo Paco quien será citada en forma personal, y para la citación de la demandada Victoria Mollo Paco a los efectos del art. 124 del Código de Procedimiento Civil líbrese edicto de ley, previo juramento y suscripción de acta de desconocimiento de domicilio. Otrosí.- Se tiene presente.- Al Otrosí 1º.- Por ratificado.- Fdo.- Juez.- Fdo. Secretario.- EL PRESENTE EDICTO ES LIBRADO EN LA CIUDAD DE ORURO A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DE DOS MIL DOCE AÑOS.-
Fuente: LA PATRIA