Warning: inet_pton(): Unrecognized address in /home/lapatri2/public_html/wp-content/plugins/wordfence/vendor/wordfence/wf-waf/src/lib/utils.php on line 28

Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8
Funcionarios que conduzcan borrachos serán destituidos - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
Loading...
Invitado


Martes 17 de julio de 2012

Portada Principal
Martes 17 de julio de 2012
ver hoy
Ley 259 establece duras sanciones
Funcionarios que conduzcan borrachos serán destituidos
Pág 1 
Efeméride paceña entre el civismo y las promesas gubernamentales
Pág 1 
Iglesia pide a las autoridades buscar caminos de unidad
Pág 1 
A 32 años del golpe militar de García Meza
Familiares de desaparecidos en dictadura ratifican promesa de defender la democracia
Pág 1 
Ministerio de Economía responsabiliza a la Aduana por robo de 64 vehículos en Uyuni
Pág 1 
Varios
Pág 2 
Vehículos
Pág 2 
Casas y lotes
Pág 2 
Alquileres
Pág 2 
Anticréticos
Pág 2 
Empleos
Pág 2 
Maquinaria
Pág 2 
Teléfonos
Pág 2 
Editorial
Peligrosa justicia originaria
Pág 3 
Picadas
Pág 3 
El “Detente” de don Corsino
Pág 3 
Quiero ser voluntario social
Pág 3 
Abusadores de Derechos Humanos des-cerebrados
Pág 3 
En Bolivia rige la Ley de la Selva: ¡Sálvese quien pueda!
Pág 3 
Bolivia, poca cultura democrática
Pág 3 
Tras reunión interinstitucional
“Pesados” levantan medidas y Aduana compromete trabajo con más agilidad
Pág 4 
En ocho municipios
Sistematización informática ayudará a disminuir niveles de desnutrición
Pág 4 
Por instrucción del Comando General de la Policía
Nuevas autoridades asumen el mando de unidades policiales
Pág 4 
Desde ayer
Universitarios vuelven a clases tras dos semanas de receso
Pág 4 
Planteamiento de la UTO
Población tiene derecho a un sistema de salud sin poner en riesgo la calidad
Pág 4 
Parte de la red fundamental
Iniciarán trabajos en el tramo Chuquichambi-Huayllamarca
Pág 4 
Oruro es el tercer departamento afectado con más casos de gripe A
Pág 4 
En la socialización del PDD
Municipios identifican como principal necesidad el acceso a servicios básicos
Pág 5 
Para evitar trata y tráfico de personas
Viajes de menores de edad serán controlados en la Terminal de Buses
Pág 5 
Parqueo municipal cumplió cuarto días de clausura por no emitir facturas
Pág 5 
Migración realiza operativos sorpresa para evitar trata y tráfico de personas
Pág 5 
Alcaldía: Impugnación a licitación del desayuno escolar está fuera de tiempo
Pág 5 
BID financiará estudio de regularización urbana
Pág 5 
Suxo presentó observaciones a la Fiscalía por caso YPFB
Pág 6 
ABT incauta en Cobija alrededor de 6 mil tablares de madera ilegal
Pág 6 
Tipnis:
Conisur rechaza posibilidad de postergar la consulta
Pág 6 
Después de un año continúa la espera en arbitraje de Quiborax en el Ciadi
Pág 6 
Colegio de Abogados pide reponer Ley del Ejercicio Profesional de 1941
Pág 6 
Acusados de agresión a ministros reclaman por actitud de Tribunal
Pág 6 
Bloquearán carretera entre Cochabamba y occidente por postergación de doble vía
Pág 6 
En Jerusalén
Miles de religiosos protestan contra su posible reclutamiento
Pág 7 
Empresarios de Ecuador acusan a Correa de preparar lavado de dinero de Irán
Pág 7 
Abren en Argentina un cementerio para no nacidos inspirado en predio de Roma
Pág 7 
SOCIALES
Pág 7 
En 6 años el Gobierno regaló a La Paz anuncios de megaproyectos
Pág 8 
Indígenas andinos denuncian atropellos y genocidio en un congreso en Bogotá
Pág 8 
Celebran aniversario de revolución de La Paz con un pastel de tres toneladas
Pág 8 
Festejos del 16 de julio dejan dos muertos y varios casos atendidos por emergencias
Pág 8 
Caso Unipol:
Esta semana sería cautelado el general Jorge Santiesteban
Pág 8 
Delta Consult será testigo en proceso arbitral entablado por Jindal
Pág 8 
Oposición: Legislativo debe agilizar designación del Fiscal General
Pág 8 
En el Museo Patiño
Cinco artistas de la plástica muestran un sentimiento de lucha e inocencia
Pág 9 
Honor al Mérito
Diputados condecoran al Programa “Pueblo y Arte”
Pág 9 
Solsticio de Invierno alcanzó el éxito esperado
Pág 9 
Peregrinos rindieron homenaje a la Virgen del Carmen
Pág 9 
La Tate abre los Tanques, un espacio subterráneo para el arte del siglo XXI
Pág 9 
En EE. UU.
Líderes mayas explican confusión sobre cambio de ciclo en calendario
Pág 9 
El peruano Diego Trelles ganó el premio de novela Casavella 2012
Pág 9 
Hallan segundo magnetar anómalo del Universo
Pág 10 
Bolivia - Nacional

Ley 259 establece duras sanciones

Funcionarios que conduzcan borrachos serán destituidos

17 jul 2012

Fuente: La Paz, 16, LA PATRIA.-

Las sanciones no se aplicarán durante las fiestas populares y patronales, según el artículo 24

¿Fotos en alta resolución?, cámbiate a Premium...

La ley 259 de Control al Expendio y Consumo de Bebidas Alcohólicas establece en su artículo 34 que el funcionario que sea sorprendido en estado de embriaguez mientras conduce un vehículo oficial, en horarios de oficina, será destituido del cargo automáticamente.

Esa y otras sanciones pretenden frenar el nivel creciente de casos de accidentes automovilísticos, delitos y violencia intrafamiliar provocados por el consumo excesivo de alcohol.

El mencionado artículo de “sanciones a conductores en estado de embriaguez” establece que “toda persona que conduzca vehículos automotores públicos o privados en estado de embriaguez con un grado alcohólico superior al permitido, en reglamentación expresa, será sancionada: 1.- La primera vez, con la inhabilitación temporal de un (1) año de su licencia de conducir y la aplicación de medidas correctivas y socioeducativas”.

El parágrafo 2 de ese artículo determina que “en caso de reincidencia, con la suspensión definitiva de su licencia de conducir, y si la misma fuese cometida por un servidor público, en horarios de oficina y/o en vehículos oficiales, la sanción se agravará con la destitución del cargo impuesta por la autoridad competente”.

“La ley busca proteger a la familia, a los jóvenes y niños de uno de los flagelos que provoca violencia intrafamiliar, accidentes de tránsito y delitos”, dijo el ministro de Gobierno, Carlos Romero, titular del despacho que impulsó la aprobación de esa normativa.

OBJETIVO

La ley 259 fue promulgada para “regular el expendio y consumo de bebidas alcohólicas, las acciones e instancias de prevención, protección, rehabilitación, control, restricción y prohibición, estableciendo las sanciones ante el incumplimiento de las mismas”, según el primer artículo de la norma, difundida ayer en un comunicado del Ministerio de Gobierno.

La normativa determina que está prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas a partir de las 03:00 hasta las 09:00 horas de la mañana, en establecimientos de acceso público y clubes privados.

“En el resto del día el expendio de bebidas alcohólicas deberá sujetarse a las restricciones establecidas por los gobiernos autónomos municipales, mediante reglamentación específica”.

El artículo 18 determina que queda prohibido vender bebidas alcohólicas “en vía pública, salvo autorización específica para el expendio de bebidas alcohólicas, otorgada por los gobiernos autónomos municipales a personas que tienen como principal y habitual actividad el expendio y comercialización de bebidas alcohólicas”.

Tampoco se puede comercializar bebidas alcohólicas “en espacios públicos de recreación, de paseo y en establecimientos destinados a espectáculos y prácticas deportivas” y en “establecimientos de salud y del sistema educativo plurinacional, incluidos los predios universitarios, tanto públicos como privados”.

MENORES DE EDAD

A partir de la fecha queda prohibido el consumo de bebidas alcohólicas en vía pública, en espacios públicos de recreación, paseo y en eventos deportivos, en espectáculos públicos de concentración masiva, salvo autorización de los gobiernos autónomos municipales, en establecimientos de salud y del sistema educativo plurinacional, incluidos los predios universitarios, tanto públicos como privados.

Tampoco se puede consumir alcohol en el interior de vehículos automotores del transporte público y/o privado. “La Policía boliviana queda encargada del control de las prohibiciones establecidas”, según la mencionada ley.

El artículo 20 determina que queda prohibida la venta de bebidas alcohólicas a menores de 18 años de edad, sujeto a sanciones previstas en la presente ley.

Los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas, estarán obligados a exigir el documento de identificación original, que permita comprobar la mayoría de edad. En caso de prescindir de esta medida se procederá a la sanción correspondiente del establecimiento de expendio.

El artículo 21 prohíbe el ingreso de personas en estado de embriaguez a establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas y el ingreso de menores de 18 años de edad, a lugares de expendio de bebidas alcohólicas.

“Se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas, en compañía de menores de 18 años de edad, en establecimientos de acceso público, salvo en casos de degustación y/o acompañamiento de alimentos. En ningún caso será admisible alcanzar el estado de embriaguez sujeto a la sanción establecida en la presente ley”, dice el artículo 22.

El artículo 23 prohíbe el tránsito peatonal en notorio estado de embriaguez en vía pública en compañía de menores de 18 años de edad.

Pero los gobiernos autónomos municipales, en el marco de sus competencias, podrán otorgar excepcionalmente autorización especial y transitoria para el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en fiestas populares y patronales previa valoración de su pertinencia, mediante norma municipal expresa, según el artículo 24.

MULTAS

Quienes incumplan el horario de expendio de bebidas alcohólicas recibirán una sanción mínima de 2.000.- UFVs de multa de acuerdo a los parámetros establecidos por los gobiernos autónomos municipales y la clausura temporal de 10 días continuos.

En caso de reincidencia se aplicará la sanción de clausura definitiva del establecimiento y el incumplimiento flagrante a la clausura definitiva del establecimiento impuesto por los gobiernos autónomos municipales, se entenderá como contravención por desobediencia a la autoridad, debiendo la Policía boliviana proceder al inmediato arresto, hasta de ocho horas, del propietario del establecimiento, según la Ley 259.

Fuente: La Paz, 16, LA PATRIA.-
Para tus amigos: