Lunes 09 de julio de 2012
ver hoy
Ante los actuales hechos tan negativos y bajo el supuesto de que no todos tenemos conciencia de lo que implica el secuestro, la privación de la libertad, la tortura o las vejaciones, entenderemos y recordemos, que estos son actos delictivos, actos que van en contra de la vida e integridad de una persona, actos antijurídicos que causan un daño tangible irreversible y muy grave, o en palabras simples, “Delitos” que nuestras leyes penales sancionan.
Nuestra Constitución Política, siendo la ley de mayor rango jerárquico sobre las demás leyes, determinando las bases y principios de nuestro Estado, así también estableciendo los derechos y obligaciones, de todos y cada uno de los bolivianos y bolivianas, siendo la ley que debería respetarse con obligatoriedad por todos, pero todos los ciudadanos bolivianos, es muy clara y específica al otorgarnos derechos que nos dan la capacidad para ejercer los mismos u otros derechos a la vez.
La misma constitución también manda y otorga el derecho a manifestar nuestra opinión o protesta por razón de necesidad o de injusticia, pero entendamos y comprendamos también que no existe ningún argumento o excusa, que la propia constitución o alguna otra ley jurídica o moral, respalde o consienta y que nos otorgue el derecho de privar de algún derecho a otro ciudadano, valga la redundancia, más aún si en razón de nuestra protesta, o necesidad, o exigencia estamos cometiendo un grave delito, en este caso el delito de secuestro y el delito de tortura, privando del derecho a la libre locomoción y circulación, como también mellando la integridad física y psicológica individual.