Gobierno asegura que la Consulta es “obligación ineludible para el Estado”
01 jul 2012
Fuente: La Paz, 30, LA PATRIA
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Mientras los indígenas del Territorio Indígena y Parque Nacional Isidoro Sécure (Tipnis), piden la solidaridad de la ciudadanía para permanecer en La Paz, hasta lograr la anulación de la Ley 222 de la Consulta Previa, el Gobierno afirma que ese proceso es una obligación irrenunciable del Estado.
El presidente de la Sub Central del Tipnis, Fernando Vargas, reiteró ayer los pedidos de la carta entregada el viernes en Palacio Quemado para pedir un diálogo en el que se defina la abrogación de la Ley 222 por ser una norma extemporánea que busca implementar la “post consulta” porque el Gobierno, según los indígenas, ya avanzó en el tramo caminero Villa Tunari-San Ignacio de Moxos por el corazón del parque.
“Hemos entregado la carta y no creo que la respuesta llegue de inmediato. Vamos a hacer todo lo posible por mantener esa unidad y una marcha pacífica, aquí nos vamos a quedar”, advirtió Vargas.
En respuesta, el ministro de Gobierno Carlos Romero ratificó la necesidad de un diálogo pero insistió en que la consulta debe realizarse a los pueblos indígenas porque es un mandato constitucional.
En una conferencia de prensa en Palacio Quemado, dijo que “las normas nacionales e internacionales que regulan el ejercicio del derecho colectivo de los Pueblos Indígenas a la Consulta son la Constitución Política del Estado, el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) y la Declaración de las Naciones Unidas de los Derechos de los Pueblos Indígenas” establecen la obligatoriedad de la Consulta.
El numeral 15 del artículo 30 de la Constitución Política del Estado, establece que los pueblos indígenas tienen derecho: “a ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles”.
“En este marco”, según el mismo artículo, “se respetará y garantizará el derecho a la consulta previa obligatoria, realizada por el Estado, de buena fe y concertada, respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitan”.
RECHAZO
El Movimiento Sin Miedo (MSM), que inició una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 222, denunció que el Gobierno ya firmó un contrato de construcción de la carretera con la empresa transnacional OAS y realizó tareas de construcción en los tramos I y III de ese camino.
Por esa razón, la consulta es posterior o póstuma, según el MSM. Pero el Tribunal Constitucional falló que la ley es constitucional y que la consulta debe hacerse por consenso.
Romero recordó que el artículo 6 del Convenio de 169 de OIT, con rango de Ley 1257 textualmente establece que los gobiernos deberán: “a) consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente”.
“La Constitución es la norma suprema del Estado porque es el producto del pacto social y político del cual se dotó el pueblo boliviano a través de la Asamblea Constituyente y el referéndum constitucional de enero de 2009”, dijo.
Fuente: La Paz, 30, LA PATRIA
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