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División y partición física de un bien inmueble, un trámite sencillo con el conocimiento correcto - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
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Domingo 10 de diciembre de 2023

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Revista Dominical

División y partición física de un bien inmueble, un trámite sencillo con el conocimiento correcto

10 dic 2023

Por: Juan Carlos Apaza Canaviri

La división y partición física de un bien inmueble es un trámite que frecuentemente es requerido por la población, ya sea para la venta fragmentada, herencia, divorcio u otros fines; el conocimiento del ciudadano en el ámbito del Derecho Civil y el procedimiento correcto para este proceso es limitado. En el presente artículo se detalla la manera adecuada para realizar este trámite, partiendo del conocimiento de la ley y normativas vigentes en nuestro contexto.

Para realizar la división y partición (en aplicación del Decreto Supremo N° 27957 de 24 de diciembre de 2004) es imprescindible contar principalmente con planos aprobados y el certificado catastral vigente otorgados por los Gobiernos Municipales y emitidos por la Sub Alcaldía del distrito al cual pertenece el predio; estos documentos son requisito fundamental. Es recomendable recurrir a un profesional idóneo y especializado en la materia (abogado civilista con conocimiento en Derecho Notarial y Registral) para la elaboración de la minuta de División y Partición Voluntaria conforme a los datos del visado de lote y certificación, y/o certificación catastral y no dejarse sorprender por tramitadores que solo retrasan el proceso por obtener más rédito económico.

Protocolizada la minuta ante una Notaría de Fe Pública, el propietario debe apersonarse ante las oficinas de Derechos Reales de su jurisdicción presentando los siguientes documentos en originales y dos fotocopias:

Escritura Pública de División y Partición (documento protocolizado y firmado por el notario)

Informe técnico emitido por el Gobierno Autónomo Municipal y/o Resolución Técnica Administrativa y Ordenanza Municipal de donde corresponda (documento técnico aprobado y emitido por el Gobierno Municipal)

Planimetría y/o plano general aprobado (documento aprobado y emitido por el Gobierno Municipal y realizado por un arquitecto en los formatos establecidos)

Cédula de identidad de los propietarios (documentos de identidad de las personas con los cuales se hará la división y partición correspondiente)

Plano visado y certificación y/o certificado catastral en Municipios que cuenten con los mismos (vigente y emitido por el Gobierno Municipal)

Es importante tomar en cuenta que todo tramite es personal o con poder acreditando de interés legal; ningún ciudadano que no sea el propietario puede realizar y hacer seguimiento sin carta poder.

Con los folders en orden, el usuario debe aproximarse a la VENTANILLA DE INFORMACIONES para su verificación, es ahí donde será orientado para el registro de su trámite y dirigido a las VENTANILLAS DE ASESORES DE REGISTRO. Los asesores son los encargados de revisar toda la documentación de manera detallada, y de estar todo en orden, ingresar el trámite al sistema para la emisión del comprobante respectivo; posteriormente, se remite el proceso a CAJA para el pago del arancel.

Una vez transcurrido el tiempo y plazos del procesamiento, la documentación pasa a la ventanilla de devoluciones a objeto de que el usuario pueda recoger su trámite concluido previa presentación de su cédula de identidad y boleta de comprobante de caja original. Los documentos a recoger son:

1)Los Folios Reales que se generaron por la división y partición

2)Testimonio de Escritura Pública con el sello del Registro de DD.RR.

Es importante tener muy en cuenta que el Folio Real es el único documento que garantiza la propiedad del inmueble.

En líneas generales, la realización de un trámite de división y partición no es difícil si se cuenta con el asesoramiento correcto de un profesional especializado y se posee una comprensión básica del procedimiento, esto garantiza su buen término y evita que tramitadores tomen partido del desconocimiento de los ciudadanos.

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