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Editorial y opiniones
PAREMIOLOGOGI@
CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD, A LA VISTA DE TODA LA HUMANIDAD
06 nov 2023
Por: Arturo Yañez Cortes
Después de los horrores de la 2ª guerra mundial principalmente, la humanidad tuvo a bien dotarse de estructuras y normativa con pretensiones de universalidad que prevenga y castigue semejantes afrentas perpetradas en su contra. Parecía que por fin habíamos aprendido la lección a la vista de millones de seres humanos víctimas, de sus semejantes.
Ahí nació las Naciones Unidas aunque antes ya la Organización de los Estados Americanos en la región, se legisló un conjunto importante de instrumentos internacionales tales como la Declaración Universal de DDHH, luego varios otros emergentes a nivel universal como regional incluyendo instancias jurisdiccionales para hacerlos cumplir; hasta que ya a finales del anterior siglo (1998), se acordó el Estatuto de Roma para la Corte Penal Internacional: una suerte de ??Código Penal Universal? destinado a castigar los peores crímenes contra la humanidad, estableciéndose la Corte Penal Internacional (CPI) para juzgarlos (2002).
Aunque esa jurisdicción con pretensión de universalidad requiere que los estados se sometan en acto de soberanía a la misma lo que genera serios problemas competenciales; podría sostenerse en posiblemente extremo ejercicio de optimismo, que hoy en día existe una normativa positiva cuasi universal que castiga un conjunto de atrocidades que los actuales Hitlers o villanos similares perpetran contra los seres humanos a través de una Corte que se encarga de juzgarles, otorgándoles el Debido Proceso.
Así, se ha tipificado previa y taxativamente a efectos de la garantía de legalidad (que fue sacrificada en los Juicios de Nuremberg u otros similares recurriendo a una fórmula discutible en el Derecho Penal que substituyó la exigencia de Ley previa por el Derecho previo), un conjunto de delitos que no sólo abarcan los crímenes de lesa humanidad en sentido estricto, sino otros de similar lesividad como el genocidio, crímenes de guerra y de agresión, bajo comunes denominadores o núcleos rectores tales como la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso (genocidio), el ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento del mismo (lesa humanidad), cuando se cometan como parte de un plan o política o como parte de la comisión en gran escala (crímenes de guerra) o cuando estando en condiciones de controlar o dirigir efectivamente la acción política o militar de un estado, se planifica, prepara, inicia o realiza un acto de agresión que por sus características, gravedad y escala constituya una violación manifiesta de la Carta de las NNUU (agresión); bajo diversas conductas u omisiones, clara y previamente descritas.