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CONSTRUIR UNA VIDA DE CONVIVENCIA PACÍFICA Y ARM?NICA EN NUESTRA SOCIEDAD Y EN EL ÁMBITO EDUCATIVO - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
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Domingo 15 de octubre de 2023

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Editorial y opiniones

ARTÍCULO EDUCATIVO

CONSTRUIR UNA VIDA DE CONVIVENCIA PACÍFICA Y ARM?NICA EN NUESTRA SOCIEDAD Y EN EL ÁMBITO EDUCATIVO

15 oct 2023

Por: lic. rolando quito quispe

La Constitución Política del Estado Boliviano en su Artículo 8, Parágrafo II, Fundamenta que ??El Estado se sustenta en los valores de unidad, igualdad, inclusión, dignidad, libertad, solidaridad, reciprocidad, respeto, complementariedad, armonía, transparencia, equilibrio, igualdad de oportunidades, equidad social y de género en la participación, bienestar común, responsabilidad, justicia social, distribución y redistribución de los productos y bienes sociales, para vivir bien. Por tanto, a partir de estos principios y valores se trabaja en el ámbito educativo, el objeto es lograr la construcción de una vida de convivencia pacífica y armónica entre hombre y mujeres, en consecuencia, el Sistema Educativo Plurinacional a través del Modelo Educativo Socio comunitario Productivo promueve la eliminación de cualquier forma de violencia.

Las Naciones Unidas en su resolución 53/243, recalcan que la educación es crucial como medio para promover una cultura de paz. Para lograrlo es necesario ??velar por las niñas y niños desde la primera infancia que reciban instrucciones sobre los valores, actitudes, comportamientos y estilo de vida que les permita resolver conflictos por la paz de respeto y no la discriminación?.

El plan de convivencia Pacífica y Armónica en la escuela es un documento que regula la convivencia en las Unidades Educativas. La base normativa que respalda su elaboración se desprende de la Constitución Política del Estado y del desarrollo normativo de diferentes leyes que establecen la prevención de diferentes tipos de violencia. La construcción de un plan de Convivencia Pacífica y Armónica está dentro de la ley 548 (código niño, niña y adolescente), en su artículo 152 establece que cada Unidad Educativa debe contar obligatoriamente con un plan de convivencia Pacífica Armónica. La generación de un Plan de Convivencia Pacífica y Armónica requiere del compromiso de la Comunidad Educativa y con la directa participación de padres de familia, maestros y maestras educadores, director o directora y autoridades locales y regionales.

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