Lunes 28 de agosto de 2023

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Editorial y opiniones
SURAZO
El paralelismo como pecado sindical
28 ago 2023
Por: Juan José Toro Montoya*
En la vida y práctica sindical, el paralelismo es la creación o conformación de directivas, organismos o instituciones similares, generalmente con el propósito de manejar un sindicato o entidad cuya dirigencia no se ha podido conquistar mediante las vías legales.
Pongámoslo de manera más clara: cuando un grupo de personas que intentó manejar una institución no lo logra en el marco de su estatuto, entonces forma otra dirigencia al margen de esa norma y, cuando ni eso resulta, entonces crea su propia institución, igual a la que no pudo llegar a controlar. Ese es el paralelismo sindical.
Debido a que provoca división, y ese es el primer paso a su destrucción, el paralelismo es considerado una falta sindical gravísima y, como tal, es causal de expulsión. El caso que yo conozco directamente es el de la organización a la que pertenezco, la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia (Cstpb), que califica, en el inciso c.10) del artículo 72 de su Estatuto Orgánico, como falta gravísima a ??promover división o crear organizaciones similares que signifiquen paralelismo sindical o participar en ellas?.
En 2018, y pese a la claridad de esa norma, el entonces secretario ejecutivo de la Csptb, Héctor Aguilar Mercado, violó el estatuto al cambiar unilateralmente de sede los congresos extraordinario y ordinario que debían realizarse en Montero y Yacuiba y los realizó ambos en Riberalta, en un tiempo en el que a esa ciudad solo podía llegarse en avión. Llevó en una nave a su gente y fue esta la que lo reeligió, rompiendo así la institucionalidad de la organización. Aguilar procedió de esa forma para literalmente entregar la organización al MAS, del que es afín. Llegó, incluso, a proclamar públicamente su defensa del proceso de cambio y los ministerios masistas lo apoyaron sin reservas.