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Periodistas mantienen estado de emergencia pese a que se levantó artículo ??mordaza? - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
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Martes 18 de abril de 2023

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Bolivia - Nacional

Periodistas mantienen estado de emergencia pese a que se levantó artículo ??mordaza?

18 abr 2023

Fuente: La Paz.- LA PATRIA

Se espera una resolución del pleno de la Comisión para cerrar definitivamente este asunto

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Los periodistas bolivianos aún están en estado de emergencia, pese a que ayer se levantó el artículo ??mordaza? del proyecto de ley 305 de Cumplimiento de Compromisos Internacionales en Materia de Derechos Humanos, y mientras no haya una resolución del pleno de la Comisión, para eliminar por completo el 281 septies.

En la víspera se conoció mediante un comunicado de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP), emitido por su presidente Magaly Gómez, la supresión ??in extenso? del artículo 281 septies, en atención al pedido de la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB) y la Confederación Sindical de Trabajadores de la Prensa de Bolivia.

Ante esa situación se convocó a una conferencia de prensa, en la Federación de Periodistas de La Paz, donde los representantes de las organizaciones gremiales de los periodistas, señalen que aún está vigente el estado de emergencia.

??Luego de un análisis hemos decidido mantenernos en estado de emergencia, porque este es un anuncio formulado por la presidente de la Comisión de Derechos Humanos. Tenemos entendido que aún no se ha reunido la Comisión en pleno, de tal manera, que hemos anunciado que persiste nuestro estado de emergencia, en tanto no tengamos una comunicación oficial y por escrito de la Comisión de Derechos Humanos?, afirmó la presidente de la ANPB, Zulema Alanes.

Pese a esos anuncios, la lucha por defender la libertad de expresión como la libertad de prensa continúa, ya que según Alanes se hizo conocer dicha situación en reuniones anteriores al ministro de Justicia, Iván Lima.

Entre esos temas, por ejemplo, son las observaciones y recomendaciones establecidas en el informe del Grupo Interdisciplinario de Expertos Independientes (GIEI) que solicitó la habilitación de una instancia autónoma que atienda a los periodistas, cuando son violentados en el ejercicio de sus funciones y la vulneración de los derechos humanos.

COMUNICADO

Simultáneamente a la conferencia de prensa realizada ayer por la tarde, se emitió un comunicado para agradecer y felicitar la unidad, firmeza y contundencia con las que los trabajadores de la prensa se movilizaron en todo el país, para exigir el respeto a los derechos y las garantías del periodismo boliviano, y la decisión de la Comisión Parlamentaria fue el resultado de esa movilización.

??Estamos a la espera de la Resolución del Pleno de la Comisión que cierre definitivamente y de manera formal este asunto, en tanto, mantenemos el estado de emergencia, decretado por los gremios de prensa?, se indicó.

Se destacó que el comunicado hecho público por la diputada Gómez, además de anunciar ??la supresión del Art. 281 in extenso del Proyecto de Ley 305/2023?, que la decisión se adoptó ??siendo respetuosos de los derechos y garantías constitucionales vigentes en el Estado Plurinacional?.

??Esta declaración la entendemos como un compromiso para dejar sin efecto el señalado artículo que se encuentra vigente y está incorporado por el Articulo 23 de la Ley No 045 de 8 de octubre de 2010 contra el Racismo y toda forma de Discriminación?.

ARTICULO 281 SEPTIES

El mencionado artículo está referido a la difusión e incitación al racismo o a la discriminación e indica que la persona que, por cualquier medio difunda ideas basadas en la superioridad o en el odio racial, o que promuevan y/o justifiquen el racismo o toda forma de discriminación, por los motivos descritos en los Artículos 281 bis y 281 ter, o incite a la violencia, o a la persecución, de personas o grupos de personas, fundados en motivos racistas o discriminatorios, será sancionado con la pena privativa de libertad de uno (1) a cinco (5) años.

I. La sanción será agravada en un tercio del mínimo y en una mitad del máximo, cuando el hecho sea cometido por una servidora o servidor público, o autoridad pública.

II. Cuando el hecho sea cometido por una trabajadora o un trabajador de un medio de comunicación social, o propietario del mismo, no podrá alegarse inmunidad ni fuero alguno.

Al respecto, ayer, la ANPB y la Cstpb, enviaron una carta a la secretaria Ejecutiva de la CIDH, Tania Reneaum Panszi, solicitando que de conformidad a sus funciones de promover la observancia de los derechos humanos establecidas en el artículo 41 inciso d) de la Convención Americana de Derechos Humanos pida explicaciones al Estado boliviano respecto a las medidas que se están tomando para que la normativa nacional guarde compatibilidad con los estándares internacionales de derechos humanos.

Fuente: La Paz.- LA PATRIA
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