Miercoles 14 de diciembre de 2022

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Editorial y opiniones
Hacia una implementaci贸n de medios tecnol贸gicos en la v铆a notarial
14 dic 2022
Por: Helen Fary Meneses Zaconeta de Sejas
En el prop贸sito de modernizar el servicio notarial en el Estado Boliviano, fue promulgada la Ley 483 de 25 de enero de 2014, reglamentada por el Decreto Supremo 2189 de 19 de noviembre de 2014, que entre otros aspectos establece la implementaci贸n del Sistema Inform谩tico del Notariado Plurinacional.
Art铆culo 14掳.- (Sistema Inform谩tico del Notariado Plurinacional) El Sistema Inform谩tico del Notariado Plurinacional est谩 orientado a:
a.El control y seguimiento institucional de las actuaciones notariales;
b.El seguimiento y control sobre los valores y aranceles notariales captados por la entidad bancaria p煤blica;
c.El registro del r茅gimen disciplinario, de las sanciones impuestas y su cumplimento;
d.Ofrecer una plataforma inform谩tica del servicio notarial;
La citada disposici贸n normativa tuvo una inesperada puesta en escena a partir de los efectos de la pandemia del COVID 19, en cuyo contexto los medios tecnol贸gicos comienzan a dar una facilidad y su implementaci贸n en las diferentes 谩reas del derecho, particularmente en el derecho notarial.
Ahora con el nuevo Sistema Inform谩tico del Notariado Plurinacional, denominado SINPLU, en el ejercicio notarial donde existe la implementaci贸n de la firma digital para el ejercicio de un notario, cada documento podr谩 ser verificado mediante Sistema, con el c贸digo de seguridad y datos del interviniente, para optimizar los est谩ndares de seguridad jur铆dica, informaci贸n y verificaci贸n de autenticidad de los documentos en el tr谩fico jur铆dico.