Martes 25 de octubre de 2022

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Qui茅n duda de la determinaci贸n del pueblo cruce帽o que, con bizarr铆a, bravura, y patriotismo, sostiene un paro indefinido, solicitando la abrogaci贸n del decreto 4760, de 13 de julio del presente a帽o, el cual modifica, a su vez, el D.S. N.潞 4546 de 21 de julio de 2021, con un texto que, a m谩s de ser sospechoso, se convierte en la madre del cordero de todo este intr铆ngulis jur铆dico pol铆tico.
Recordemos que el Decreto Supremo 4546, firmado por el presidente y todos sus ministros, es el mismo que hace un a帽o decret贸 de prioridad nacional la realizaci贸n del Censo de Poblaci贸n y Vivienda, para este pr贸ximo 16 de noviembre del 2022 y, que ahora, ma帽osamente modificado, establece que: ??el empadronamiento del Censo de Poblaci贸n y Vivienda 2024 sea ejecutado por el INE como m谩ximo entre los meses de mayo y junio de 2024?.
Ahora bien, ante este inmisericorde manejo de normas establecidas para reglar un empadronamiento netamente t茅cnico, y politizarlo sin una raz贸n plausible, surgen toda suerte de conjeturas, entre las cuales, la m谩s pr贸xima a la verdad es aquella que se帽ala que la intransigencia de las partes no se centra 煤nicamente en la fecha cuando deba realizarse la consulta, algo que posiblemente podr铆a ser de soluci贸n inmediata, sino en el plazo cuando deban conocerse los resultados de ese empadronamiento, y la relaci贸n existente entre estos resultados y aquellos fraudulentos, para los distintos ejercicios electorales, desde hace quince a帽os.
Si bien el gobierno puede aceptar que el censo se realice el a帽o 23, los resultados tendr铆an que conocerse tambi茅n el a帽o 2023, porque si se realiza ese a帽o para que los resultados se conozcan el 2024 o el 25, en medio de un clima de campa帽as electorales, entonces todo este justo reclamo, no habr谩 servido de nada.