A raíz de la publicación de un diálogo telefónico entre una parlamentaria y un supuesto dirigente originario del Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure (Tipnis), hablando sobre un apoyo económico para el avance de la IX marcha hacia la sede de Gobierno, queda al descubierto una tarea que se consideraba delito al “pinchar” o grabar llamadas telefónicas y que ahora se presenta como un hecho natural, cuando el caso involucra a personas que asumen cargos públicos, como el que tiene relación con una diputada.
El tema no es una novedad, pues el sistema de intervención de teléfonos, el control de las llamadas fue siempre una situación entre políticos y en todos los procesos, con mayor dureza en los regímenes de fuerza, pero no exentos en los procesos democráticos en los que también y a título de la seguridad del Estado se puede intervenir las llamadas de funcionarios públicos, por lo menos así justifica el registro de conversaciones “comprometedoras” entre dos personas, una en función pública, pero la otra privada aunque en condición de beneficiaria de un apoyo ciudadano para el desarrollo de la marcha en defensa del Tipnis.
Si en verdad no hay derecho a privacidad en las dependencias públicas de cualquier instancia, sea la Asamblea Plurinacional, las oficinas de cada uno de los parlamentarios o ministerios y otras dependencias de tal rango, bajando posiblemente a otros niveles inferiores o ampliando tal extremo por ejemplo a las gobernaciones y sus reparticiones, quiere decir que estamos frente a un sistema de abierto control de las comunicaciones, pues ya ni siquiera se puede hablar de “espionaje” que tiene tratamiento encubierto frente al reconocimiento de que quienes asumen cargos públicos deben saber que sus declaraciones y conversaciones “fuera de la casa” son también públicas, lamentablemente complicando la situación de eventuales interlocutores.
Las cosas no pueden estar en ese nivel, pues aunque se quiera introducir en la maraña política a todos los que por necesidad, obligación o deber laboral tienen que hacer o recibir llamadas telefónicas, las mismas no están libres de pasar por el filtro del control oficial para su registro de seguridad nacional.
Por lo visto se trata de un hecho que llama la atención porque vulnera la privacidad personal, que dicho sea de paso no puede darse sólo en la casa, sino también en recintos laborales donde se supone que deberían existir ciertas restricciones que garanticen las actividades de quienes ocupan temporalmente esos recintos como titulares de ciertos cargos y de quienes visitan los mismos quien sabe para presentar denuncias, iniciar trámites, formular reclamos o simplemente intercambiar ideas…todos esos conversatorios estarían en riesgo de convertirse en diálogos públicos, con los perjuicios que son de suponer en lo que atañe a su reserva y el sentido privado y restrictivo que sólo puede ser revelado en circunstancias que amerite cualquier situación, que no necesariamente debe convertirse en comidilla pública.
Hay un error de apreciación entre algunas autoridades del respeto a los derechos ciudadanos, de manera muy especial en el que corresponde a la privacidad de cualquier ciudadano que se cree garantizado por las leyes, respetado en sus derechos y asegurado en el desarrollo de sus funciones, factores que no pueden alterarse porque se le ocurra a alguien y ponerlos al margen de la Ley.
Es imperiosa una aclaración sobre un tema tan delicado que coloca al Gobierno en una posición muy difícil de justificar, si hay quienes se precian de respetar la justicia, los derechos personales y por supuesto la democracia.
Fuente: LA PATRIA
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