Martes 13 de septiembre de 2022

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Editorial y opiniones
Pretenden ??judicializar? la labor periodística
13 sep 2022
Son varias décadas en que está vigente esta normativa, por lo que, lo que les tocaría resolver a las autoridades es la organización de los tribunales de imprenta, además de señalar qué jueces tendrían competencia para juzgar algún exceso que hubiera cometido la prensa
Después que representantes del poder judicial intentaron obligar a dos periodistas a violar el secreto de la fuente, sus colegas salieron en Sucre a protestar contra la ??judicialización? de la labor periodística, ya que dicha pretensión va contra lo establecido en la Ley de Imprenta, vigente en la actualidad.
En uno de los casos, un periodista de Yacuiba fue conminado a revelar su fuente, que presuntamente informó sobre el mal estado del desayuno escolar, lo cual va contra la ley y obligar a revelar su fuente sería como incitar al periodista a delinquir, porque iría contra la norma, además que un fiscal no tiene competencia para requerirlo.
Los artículos 8 y 9 de la Ley de Imprenta, de 1925, señalan que el secreto de la fuente es inviolable y que el ??editor o impresor que revela a una autoridad política o a un particular el secreto anónimo, sin requerimiento del Juez competente, es responsable, como delincuente, contra la fe pública, conforme al Código Penal?, además de defraudar la confianza de la población, lo que le quita credibilidad al periodista, siendo ésta el bien más preciado que posee como profesional de la comunicación.
El problema está en que no se sabe a ciencia cierta, porque la ley no lo explica, ¿quién es un juez competente?, ¿será un juez penal?, ¿o bien, el jurado de imprenta?, de todos modos ya algunos municipios han organizado sus tribunales de imprenta, ante quienes se pueden llevar los casos de este tipo.
En el otro caso, se requiere que un periodista de Cochabamba se presente a declarar en calidad de ??testigo? de los hechos ocurridos en 2019, cuando se desató la violencia luego de haber acusado al gobierno de Evo Morales de fraude electoral, cuando habitantes de Sacaba se enfrentaron y hubo muertos.
Sin embargo, por el mismo hecho de que el periodista no puede revelar sus fuentes, no puede presentarse en calidad de testigo, porque todo lo que sabe está reflejado en las notas que se publicaron, y no corresponde citarlo a declarar y menos a ??testificar? en contra o a favor de alguien. Y tampoco se le puede conminar bajo amenaza de ser aprehendido si no se presenta a declarar.
Tanto la Ley de Imprenta como la Constitución Política del Estado, defienden el derecho de las personas a expresarse libremente a través de los medios de comunicación, y protege a las fuentes que brindan información a los periodistas, pero también protege el derecho de la ciudadanía a estar bien informada, por lo que no corresponde que se juzgue a los trabajadores de la prensa mediante la vía ordinaria, y menos por el código penal.