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REFORMA JUDICIAL DISRUPTIVA (II) - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
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Lunes 29 de agosto de 2022

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Lunes 29 de agosto de 2022
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EDITORIAL
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REFORMA JUDICIAL DISRUPTIVA (II)
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Defensoría y CNS
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GOBIERNO AUTONOMO DEPARTAMENTAL DE ORURO
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Editorial y opiniones

REFORMA JUDICIAL DISRUPTIVA (II)

29 ago 2022

Por: Raúl Pino-Ichazo Terrazas

Con el mismo epígrafe escribí una columna sobre la necesidad impostergable de una reforma disruptiva pues es insostenible la presión de la población que exige una reforma de la justicia con esa impronta. Hice hincapié en que toda reforma propiamente dicha debe ser entendida como una mejora sensible en un rasgo social particular, en este caso la justicia y sus operadores, más bien en un aspecto funcional, es decir un cambio radical con ruptura brusca de la rutina que ocasiona un cambio determinante.

Intentaba convencer no sólo persuadir pues este vocablo no tiene la misma intensidad semántica que el primero, que, para lograr este ansiado objetivo se debe comenzar por la base, formando una nueva generación de operadores judiciales y, para asumir el sensible cargo de impartir justicia, deben superar satisfactoriamente exigencias invariables y drásticas en el rendimiento personal, es decir, académico, arte de saber hacer y la disposición incólume de no contaminarse con la corrupción.

Ahora sorprende hasta la decepción leer en la prensa que el Ministerio de Justicia anuncia como próximo paso la titularización de casi 500 jueces sin que se haya acometido una real reforma que comience desde la base.

El condicionante irrenunciable de la población es una reforma que contemple fundamentalmente, antes del presupuesto y otros elementos administrativos secundarios, la formación de jóvenes jueces en la escuela de jueces formados por los mejores catedráticos con solvente experiencia probada documentalmente, para lograr que sean apuntalados por su asimilada conciencia moral que es el detente más valioso y efectivo cuando se debe juzgar a las personas con equidad plena, aplicando e interpretando los ordenamientos jurídicos actuales con dedicación de apostolado y luego de esa encomiable y proba labor por los demás, pasar a la historia como un servidor público ejemplar.

Se afirma con indisimulado empacho que ??la transitoriedad termina en Bolivia?, cuando es lo contrario, se está legitimando la impericia, el no saber hacer, y el diletantismo, además no se puede crear jueces por decreto. Es tan sensible este tema para los bolivianos que están conscientes que no se obtendrá un cambio fundamental en la impartición de justicia sin una reforma desde la base.

No es propio afirmar asertivamente sobre la militancia política de estos nuevos jueces, pero es una flagrante antinomia afirmar que el primer paso para una reforma judicial es la titularización de los jueces ¿Cómo se puede titularizar a estos casi 500 jueces si no podrán demostrar su sólida formación y experiencia porque no la han recibido acorde a las exigencias de una renovación de las materias de estudio que debe vencer un buen juez, para satisfacer la población?

Indican además que harán una convocatoria interna y se espera que no haya jueces transitorios con una evaluación de méritos, examen de competencia y entrevistas.

El ciudadano que sufre endémicamente con la justicia se pregunta ¿Quiénes evaluarán a los diletantes nuevos jueces pues se debe conocer la solvencia, experiencia e incorruptibilidad de los examinadores, similar exigencia para quienes elaboraran un examen de competencia o será solo una formalidad?

Si se produce la titularización de esta considerable cantidad de jueces, tomando la posta de otros jueces diletantes o inexpertos se continuará con las rutinarias formas de tramitar, decretar, juzgar, sentenciar y ejecutar que los subalternos les transmiten, entonces, solo se han sustituido a las personas sin introducir la imprescindible formación integral en Derecho, vocación, capacidad y la asimilación de la conciencia moral, continuando con la corrupción sin solución de continuidad.

Estos jueces deberían someterse a los lineamientos de una reforma que complazca a la población, con un plan de estudios exigente y renovado y quienes deben enseñar en este recinto son los profesionales en Derecho con solvente y probada experiencia de mínimo 10 o más años de cátedra, llamados a esos puestos por convocatoria pública, así la población sabrá quienes asumirán la enseñanza de la nueva generación de jueces.

Es abogado, posgrados en Arbitraje y Conciliación, Filosofía y Ciencia Política, Interculturalidad y Educación Superior, Docencia en Educación Superior Derecho Aeronáutico, Alta Gerencia para abogados, profesor universitario, doctor honoris causa en Humanidades

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