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Warning: session_start(): Cannot start session when headers already sent in /home/lapatri2/public_html/impresa/index.php on line 8 La Minería Chica no logra reactivar el aparato productivo tras una década - Periódico La Patria (Oruro - Bolivia)
La Minería Chica no logra reactivar el aparato productivo tras una década
17 jun 2022
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La reactivación del aparato productivo de la Minería Chica tiene grandes dificultades a casi 10 años de la promulgación de la nueva Constitución Política del Estado (CPE) y la Ley Nº 535 de Minería y Metalurgia puesto que no se vislumbra la reactivación del sector y al contrario se registra un peligroso retroceso comparado con los emprendimientos mineros en países vecinos.
La preocupación fue expresada por el presidente de la Cámara Departamental de Minería de Oruro (Cademin-Oruro), Jaime Soria Mendoza y el responsable de la Comisión Técnica, Julio Sanjinés, quienes entregaron un documento al ministro de Minería y Metalurgia, Ramiro Villavicencio, sin tener una respuesta a la fecha, luego de la realización de un encuentro en La Paz.
El documento señala que de acuerdo a la CPE el Estado solo reconoce cuatro actores productivos mineros, por lo que no se puede reconocer a las “mal llamadas empresas comunitarias” que solo fomentan labores clandestinas sin pagar los impuestos de ley, lo que permite el “juqueo” robo de minerales, despojando a los productores de sus yacimientos y apropiándose de forma autoritaria de sus concentrados para comercializarlos de forma clandestina.
Solicitan que las empresas privadas tengan el apoyo real del gobierno referidos a la seguridad jurídica y social, pidiendo la abrogaría de la Ley 403 por ser atentatorio a la minería privada, por lo que este importante sector productivo no puede desarrollar sus actividades por falta de seguridad jurídica.
Señalan que resulta urgente revisar las disposiciones que frenan la cadena productiva (exploración – explotación minera – beneficio de los minerales –fundición) para que los sectores de la minería chica puedan avanzar con seguridad a fin de que sean un aporte verdadero en el desarrollo económico del país, además de la generación de empleos que se debe complementar con la instalación de fundiciones de zinc por los métodos pirometalúrgico e hidrometalúrgico, por ser un tema prioritario para los intereses del país.
Pide que la exploración geológica sea una prioridad del gobierno para localizar mega campos mineralógicos con la finalidad de usar tecnología de punta en su explotación, la ley minera debe tomar en cuenta una armoniosa relación socio – económico entre empresa – gobierno – sociedad, a objeto de garantizar su normal desarrollo en los nuevos emprendimientos mineros.
Ratifican que desde la vigencia de la Ley 535, los asociados de la Cámara Nacional de Minería y en particularmente la Cámara Departamental de Oruro sufren un peligroso retroceso en su sector productivo, ya que las nuevas disposiciones gubernamentales han puesto al borde del precipicio a éste importante sector sin tomar en cuenta que en la mayoría de los casos son emprendimientos mineros personales.
Aseguran que este importante sector productivo no ha sido beneficiado con ninguna clase de ayuda del gobierno, mas al contrario los gobiernos de turno, con una muestra de total desconocimiento de nuestro sector ha sido muy riguroso en crear nuevas trabas tanto económico como social, alentando avasallamientos a nuestros centros de trabajo.
Denuncian que se registra una drástica reducción del número de productores mineros de la Minería Chica, siendo así que de los más de 1.000 asociados, al presente tienen un centenar de socios que siguen con la esperanza de días mejores y ser partícipes de una verdadera reactivación minera nacional.
Para lograr la verdadera reactivación de la minería proponen como alternativa los siguientes puntos
1. Modificación del Reglamento de Adecuación no. 294/16, del 15/12/16 y no. 168/19 del 12/08/19, señalando que, es importante y necesaria la revisión el reglamento de adecuación de derechos mineros, siendo los temas referidos al medio ambiente, plazos y vencimientos, presentación del NIT y Fundenpresa, que distorsiona el art. 9 de la ley 535 que declara “carácter estratégico, fomento y promoción de la industrialización de nuestros recursos mineralógicos”, por lo que la adecuación en ningún caso debe poner en riesgo la pérdida del derecho minero adquirido y pre – constituido, por lo que estas normas deben ser flexibilizados que permitan una migración ordenada y aceptable a los operadores mineros.
2. Contratos Mineros y Competencias, señalan que es urgente y necesario revisar y modificar el reglamento de otorgación de derechos mineros, a objeto de flexibilizarlos tanto en tiempo como en trámites burocráticos por demás onerosos.
3. Patentes Mineras, afirman que a falta de coordinación entre la AJAM y la D.C.M., sobre las cuadriculas y pertenencias mineras y el riesgo de ser revertidos los derechos mineros de nuestros asociados es necesario consensuar, regularizar y reglamentar el art. 230 para que los procedimientos sean concordantes con la Ley 535.
4. Abrogación de la Ley no. 403, denuncian que el manejo en forma discrecional los alcances de ésta ley, que han dado lugar a abusivas inspecciones de reversión de concesiones mineras, sin tomar en cuenta el clima beligerante y social de algunas comunidades y menos aún de las fluctuaciones del precio de los minerales en el mercado internacional han limitado nuestra actividad extractiva, y dan lugar a expropiaciones ilegales ocasionando graves daños a la economía de nuestro sector, cooptados por las autoridades locales dan lugar a estas expropiaciones, por lo que piden la abrogación de la Ley no. 403.
5. Regalía minera para explotación y exportación: Señalan que existe una confusión en la reglamentación de las competencias de la regalía minera, en cuanto se refiere a la explotación del yacimiento y la exportación es que solicitamos su respectiva delimitación porque ambos tributos no son de competencia de los productores.
6. Impuesto Único a la Minería, proponen que dentro los aspectos fundamentales para el incentivo al sector productivo, es la implementación de un impuesto único a la minería, ya que éste sector por tener que sobrellevar una serie de dificultades (fluctuación del precios en el mercado internacional, conflictos internos, avasallamientos), es prioritario que tenga un tipo de régimen tributario similar a la regalía minera y que se calcule sobre el valor neto esta nueva disposición debe posibilitar un desarrollo armónico del sector con nuevos lineamientos de una verdadera política tributaria que vaya en beneficio del estado, los productores y la sociedad.
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