Mineros atentaron contra la Autonomía de gestión de la CNS
30 may 2022
Fuente: LA PATRIA
El objetivo de esa medida era presionar a las autoridades en salud para cambiar la tipificación de un herido de bala a “riesgo de trabajo”
¿Fotos en alta resolución?, cámbiate a Premium...
Mineros de Huanuni el 20 de mayo reciente, tomaron el edificio central de la Caja Nacional de Salud (CNS), ocasionando un atentado a la Autonomía de Gestión de dicha entidad, ya que su objetivo era cambiar la tipificación de un herido de bala a “riesgo de trabajo”, denominativo que no existe en la nomenclatura legal de dicha institución.
El reclamo fue realizado este fin de semana precedente, por el gestor de Calidad de la CNS Regional Oruro, Óscar Ayala López, quien manifestó que esa situación tiene implicancias penales, porque van contrarias a la ley.
“Es un atentado el ocupar las oficinas administrativas, es un asalto a la autonomía de gestión y al Código de Seguridad Social. La Caja se maneja con una ley que se tiene que respetar, existen normas y una serie de procedimientos que determinan cómo se hace el trámite de los riesgos extraordinarios de los accidentes de
trabajo”, afirmó.
De acuerdo a los antecedentes y según la denuncia de accidente de trabajo de la AFP, el afectado recibió un impacto de bala en el tórax y la columna, poniendo en riesgo su vida. Sin embargo, mediante la oportuna intervención de los profesionales de la CNS, el paciente salió del cuadro en el que se encontraba.
Pese a esa situación, la herida provocada por los impactos de bala, le dejan lesiones definitivas.
“El trabajador estaba en su labor, viene un homicida que le dispara y le hiere, fue atendido en la Caja. ¿Pero ahora qué es lo que sucede? En la Caja tenemos el artículo 27 del Código Seguridad Social, de los riesgos profesionales inciso a) accidentes de trabajo. En este caso hay un tercero que le provocó la lesión y por la prensa conocemos que fue un juku, aquí la justicia debe determinar si existe el asesino, si fue detenido, si está probada su culpa”, señaló.
Añadió qué basándose en esos antecedentes, el paciente pasará a ser atendido según dicta el artículo 38 del mencionado Código, para que tenga sus prestaciones de manera legal de los subsidios que le corresponden del seguro a corto plazo. Mientras que el seguro a largo plazo ya lo tiene desde el momento que tiene la lesión incapacitante permanente y parcial.
Argumentó que el paciente para continuar con el seguro a corto plazo, debe cumplir algunos aspectos, básicamente centrados en lo que la justicia determine.
“El documento judicial es importante y con base a ello, se determina que el paciente, tenga que acogerse al artículo respectivo y continuar con los beneficios que le corresponden”, resaltó al indicar que todo lo afirmado está normado mediante ley.
Sin embargo, en la Comisión Legal de Prestaciones que analizó el caso, hubo un problema en la que faltaba el documento judicial, situación que originó la renuncia de una funcionaria en salud de Medicina del Trabajo, porque no podía vulnerar la norma.
Los mineros con presión hicieron cambiar la tipificación para atender al afectado, pero ni el Gerente General de la Caja, ni el Presidente del Directorio, ni el Gerente Médico, ningún administrador regional o jefe médico puede cambiar las tipificaciones, solo la Comisión Regional de Prestaciones o en último caso la Comisión Nacional de Prestaciones.
“El trámite (judicial) en ningún momento le quita los derechos al trabajador, sigue gozando de todos los beneficios. Ha sido un exabrupto, una agresión injustificada que cometieron los mineros hacia el Código de Seguridad Social, hacia la Autonomía de gestión”, recalcó.
Fuente: LA PATRIA
Para tus amigos:
¡Oferta!
Solicita tu membresía Premium y disfruta estos beneficios adicionales:
- Edición diaria disponible desde las 5:00 am.
- Periódico del día en PDF descargable.
- Fotografías en alta resolución.
- Acceso a ediciones pasadas digitales desde 2010.