Martes 03 de mayo de 2022

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c) Inhabilitados por registro de certificado de aportación de propiedad múltiple
De conformidad al Art. 40 de la Ley General de Cooperativas N° 356 de 11 de abril de 2013 y Art. 33 del Estatuto Orgánico de COTEOR R.L., “los certificados de aportación son nominativos e individuales”, por tanto todos los registros de propiedad múltiple (con dos o más nombres de titulares), se encuentran inhabilitados para ejercer el derecho al voto al no cumplir con la condición de individualidad y la imposibilidad de representación por poder conforme al Art. 37. numeral 1 de la Ley N° 356.
d) Certificados de aportación de propiedad de persona jurídica (a nombre de empresas públicas, privadas o instituciones)
Las personas jurídicas que deseen participar del proceso electoral ejercerán su derecho al voto por una sola vez, previa acreditación del mandato expreso ante el TED Oruro conforme al Calendario Electoral, debiendo presentar los siguientes documentos:
a) Fotocopia de cedula de identidad
b) Poder notarial especifico
Las asociadas y asociados consignados en la presente lista podrán pasar por oficinas de COTEOR R.L. a efecto de regularizar sus cuentas pendientes y/o oficinas del Tribunal Electoral Departamental de Oruro para efectuar reclamo fundamentado a partir del día miércoles 4 de mayo hasta horas 16:00 del día viernes 6 de mayo, conforme al Calendario Electoral