Martes 29 de marzo de 2022

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Editorial y opiniones
ARTÍCULO EDUCATIVO
LAS CLASES EN LA MODALIDAD PRESENCIAL EN EL ÁREA RURAL
29 mar 2022
Por: Lic. Raúl Quispía Chungara
En la Resolución Ministerial 001/2.022 del Subsistema de Educación Regular, en el artículo 4 (Modalidad de Atención Educativa), en el inciso a) indica que las Unidades Educativas que cuenten con ambientes escolares para un número menor, igual o mayor a 20 estudiantes por paralelo y año de escolaridad, podrán optar por la modalidad presencial. Para encarar esta modalidad las Unidades Educativas deben contar con todas las medidas de bioseguridad, de acuerdo a protocolo.
También en el artículo 5 de la R.M., nos indica que ante la inexistencia de casos positivos del COVID-19, o cuando el riesgo de contagio sea mínimo, se trabajará en la modalidad presencial de acuerdo a la infraestructura, mobiliario, número de estudiantes e informe epidemiológico. Para la elección de esta modalidad también debemos basarnos en la Resolución Biministerial N °0004/2.022, la cual estará decidido por las autoridades educativas y las autoridades de salud.
El Núcleo Educativo de Ancacato, pertenece al Distrito Educativo de Challapata de la Dirección Departamental de Educación Oruro, este Núcleo Escolar consta de 10 Unidades Educativas, en cada Unidad Educativa por aula tienen menos de 20 estudiantes, por lo cual en este año estamos trabajando en la modalidad presencial como indica la R.M., sin embargo, también hemos coordinado con las autoridades del municipio y el personal de salud, para brindar las medidas de bioseguridad. Esta modalidad presencial trajo muchos logros para la Comunidad Educativa, de esta forma para llegar a la calidad educativa de nuestros estudiantes.